La solicitud contiene referencias distintas a las del proceso del portal
· hace 5 meses
El documento identifica el expediente y documento como AMNA-CCC-CP-2026-0007, y la solicitud como AMNA-CCC-CP-2025-0007, mientras el proceso convocado en el portal es AMNA-CCC-CP-2026-0009. Podría ser un arrastre administrativo, pero conviene verificar que la solicitud y el gasto de RD$5,000,000 estén vinculados al expediente correcto para preservar la trazabilidad.
“No. EXPEDIENTE AMNA-CCC-CP-2026-0007 No. DOCUMENTO AMNA-CCC-CP-2026-0007 20 de mayo de 2026 … No. Solicitud: AMNA-CCC-CP-2025-0007” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 82 — Expediente administrativo
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →