Plazo de consultas vencido antes de corregirse la cantidad
· hace 4 meses
El acta, fechada el 27 de mayo, corrige una cantidad publicada en el SECP de 2,880 a 2,880,000 unidades, pero el cronograma enmendado mantiene el cierre de consultas el 25 de mayo. Aunque se amplió la presentación de ofertas hasta el 1 de junio, el calendario no establece un nuevo período para preguntas y respuestas sobre la corrección; el artículo 104, párrafo II, dispone que, si la modificación ocurre después del 75 % del plazo, se extienda el plazo proporcionalmente y se permita nuevamente preguntar y responder sobre lo modificado.
““Que, al momento de cargar la información del procedimiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), se incurrió en una incorrecta digitación en la cantidad correspondiente al servicio requerido, colocando la cantidad de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
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