Aprobación del pliego con vacante en el comité
· hace 4 meses
Esta acta aprueba el pliego y designa los peritos en una sesión celebrada con cuatro miembros, mientras seguía vacante el puesto de Libre Acceso a la Información. El Reglamento permite deliberar con quórum mínimo de tres y presencia del presidente, pero la Ley establece una integración de cinco miembros; conviene verificar cómo se atendió la vacante para esta decisión.
“El señor LIC. OTTO VLADIMIR VARGAS LORA, Presidente del Comité de Contrataciones Públicas del MESCYT, presidió la Reunión Extraordinaria, quien de inmediato declaró abierta la Sesión, al comprobar que el quórum estaba debidamente constituid”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
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