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Estudio previo

Estudios previos.pdf

ADQUISICION DE NEUMATICOS PARA VEHICULOS DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A EMPRESAS MIPYMES · Policia Nacional

Publicado el 29 may de 2026Fechado el 24 may de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2026-0012

Lo que dice

El estudio previo, fechado el 25 de mayo de 2026 para el proceso POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2026-0012, describe la adquisición de 15 tipos de neumáticos y recoge dos cotizaciones por ítem. También enumera requisitos legales, financieros y técnicos, y los peritos afirman que un oferente habilitado cumplió los requisitos técnicos. Las cantidades consignadas para los ítems no coinciden con las publicadas en el portal, y el documento exige una certificación MIPYME Mujer aunque el proceso está dirigido a MIPYMES en general.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Cantidades del estudio previo difieren de las publicadas en el portal

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

El estudio consigna 1,000 unidades para el ítem 6, frente a las 500 registradas en el portal; el mismo patrón de cantidades aproximadamente duplicadas aparece en varios ítems. La diferencia cambia el alcance de la necesidad y la base para comparar ofertas; conviene verificar cuál cantidad rigió en el pliego definitivo y en la evaluación.

“6 | | 2.3.5.3.01 | NEUMATICOS 265/65/R17, AÑO DE FABRICACION 2025 EN ADELANTE, GARANTIA 1 AÑO O 50,000 KMS, INSTALACION INCLUIDA A NIVEL NACIONAL | 1000 | UD | 22,101.40 | 22,603.49”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El estudio afirma una habilitación técnica antes de la convocatoria

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

El documento está fechado el 25 de mayo, mientras que el portal registra la convocatoria el 1 de junio; aun así, el estudio afirma que un oferente ya estaba habilitado y había cumplido los requisitos técnicos. La secuencia requiere verificar si esa afirmación fue incorporada por error o si el documento refleja una evaluación realizada antes de recibir las ofertas.

“Los peritos coincidimos en que el oferente habilitado cumplió con todos los requerimientos técnicos del numeral 12.1.3. Documentaciones a presentar, del pliego de condiciones. Informe emitido en la ciudad de Santo Domingo, República Dominic”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · Ley 47-25, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas

Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación

Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…

A revisarHallazgo en documentos

Se exige certificación MIPYME Mujer en un proceso MIPYME general

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

Aunque el proceso está dirigido exclusivamente a empresas MIPYMES, el estudio pide una certificación MIPYME Mujer vigente hasta la adjudicación. Esa condición puede restringir la participación a empresas lideradas por mujeres; debe verificarse si el pliego definitivo mantuvo ese requisito y si existía una reserva específica para esa categoría.

“ADQUISICION DE NEUMATICOS PARA VEHICULOS DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A EMPRESAS MIPYMES … 13. Certificación Mipymes Mujer Actualizada hasta la fecha de la adjudicación del proceso”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 222 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 222 — Reservas de contrataciones a MIPYMES

Artículo 222.- Reservas de contrataciones a MIPYMES. En adición a las establecidas en la Ley núm. 47-25, se aplican las siguientes reglas a los procedimientos de contratación reservados a proveedores que tengan la condición de MIPYMES o de MIPYMES dirigidas por mujeres: 1. El valor estimado del objeto contractual debe encontrarse dentro de rangos que, según el análisis correspondiente, sean típicamente accesibles para MIPYMES, considerando variables como la capacidad financiera promedio, los niveles de facturación según clasificaciones oficiales y el número de proveedores inscritos. 2. Pueden reservarse contratos destinados a satisfacer necesidades recurrentes en distritos municipales o…

ContextoHallazgo en documentos

La declaración de prohibiciones remite a artículos ajenos a la inhabilidad de oferentes

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

El estudio solicita declarar que el oferente no está dentro de las prohibiciones de los artículos 15 y 16 de la Ley 47-25, que regulan inhabilidades e incompatibilidades del director de Contrataciones Públicas. La regla legal sobre inhabilidades para contratar de los proveedores está en el artículo 38; debe verificarse si el pliego exigió además una declaración referida a esa disposición.

“11. Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en los artículos 15 y 16 de la Ley núm. 47-25 y sus modificaciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Otros documentos del proceso (11)

  • Acta de aprobacion base de la contratacion.pdfPliego · 26 may de 2026
  • Acta de Aprobacion modalidad proceso y Seleccion de peritos.pdfInforme pericial · 26 may de 2026
  • Base de la Contratacion.pdfPliego · 29 may de 2026 · 6 señales
  • Solicitud.pdfSolicitud de compra · 29 may de 2026 · 1 señal
  • Acto Administrativo Enmiendas al pliego de condiciones..pdfEnmienda · 8 jun de 2026 · 2 señales
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 1 jul de 2026 · 2 señales
  • Acta apertura Sobre B.pdfActa · —
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • Informe EValuacion Oferta Ec y Rec Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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