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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Base de la Contratacion.pdf

ADQUISICION DE NEUMATICOS PARA VEHICULOS DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A EMPRESAS MIPYMES · Policia Nacional

Publicado el 29 may de 2026Fechado el 21 may de 202668 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2026-0012

Lo que dice

El pliego, fechado el 22 de mayo de 2026, establece las bases para adquirir 15 tipos de neumáticos, con instalación a nivel nacional y participación exclusiva de MIPYMES; fija la recepción de ofertas para el 10 de junio y la subasta para el 18 de junio de 2026. En la documentación del proceso figuran montos de referencia distintos: el pliego consigna RD$27,749,327.34 como monto presupuestado, mientras el portal registra RD$25,749,327.34 como monto estimado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos financieros contradictorios sobre períodos y umbrales

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

El pliego pide en una sección estados financieros de 2025 o 2026, pero la tabla de evaluación menciona los ejercicios 2023 y 2024. Además, formula los límites de los índices con comparaciones contradictorias, lo que deja incierto qué período y qué valores determinan el cumplimiento de la capacidad financiera.

“Estados Financieros del último ejercicio contable (2025 o 2026) auditados por un contador público autorizado. … Estados Financieros, dos mil veintitrés (2023) -(2024) de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) … Menor o igual ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente

Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…

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A revisarHallazgo en documentos

La subasta se describe por total y también por ítem

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

El pliego indica que la puja porcentual se aplicará al total de la lista, pero luego dispone que el tipo de puja será por ítem. Esa diferencia puede alterar cómo se presentan y comparan los lances y cómo se identifica el menor precio, especialmente en un proceso que el portal registra como no dividido en lotes.

“Modalidad seleccionada para puja es en porcentaje % para el Total de la lista de los bienes subastados. … Para este procedimiento el tipo de puja a utilizarse será por Ítem.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

La cobertura de instalación exige presencia en al menos diez regiones

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

Para ofertar, se exige demostrar capacidad de instalación en al menos diez Direcciones Regionales y detallar talleres y su ubicación. La cobertura nacional puede responder a una necesidad operativa, pero esta condición puede limitar la participación de MIPYMES si su alcance no resulta proporcional y directamente necesario para el objeto.

“Se requiere que los oferentes presenten en sus ofertas técnicas la capacidad para instalar los neumáticos en al menos diez (10) Direcciones Regionales de la Policía Nacional, distribuidas equitativamente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

A revisarHallazgo en documentos

El cronograma asigna diez minutos a la subasta

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

El cronograma fija la subasta entre las 10:30 y las 10:40, aunque otra sección del mismo pliego indica una duración de 15 minutos. El Reglamento establece que la puja no puede durar menos de 15 minutos, por lo que el horario publicado deja una contradicción que requiere verificación.

“12. Fecha de inicio de la subasta inversa 18/06/2026 10:30 13. Fecha de finalización de subasta inversa 18/06/2026 10:40 … La duración de la puja será de 15 minutos.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 134 · Reglamento 52-26, art. 138 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 134 — Procedimiento de subasta inversa

Artículo 134.- Procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta, como regla, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 138 — Reglas de la puja electrónica

Artículo 138.- Reglas de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre quince (15) y sesenta (60) minutos. El lapso seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El lapso de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no presentar…

Texto oficial completo

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El plazo del anticipo MIPYME varía y se difiere de la suscripción

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

Una cláusula dispone el desembolso del anticipo del 30% dentro de 30 días desde la firma y otra dentro de 20 días. Ambas difieren el pago respecto de la suscripción, mientras la Ley establece el anticipo con la suscripción del contrato u orden correspondiente; la inconsistencia afecta la certeza sobre el momento del pago.

“se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días a partir de la firma del Contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$25.7 millones

Los valores de referencia por ítem no cuadran con cantidad por precio unitario

Documento del 29 may 2026 · hace 4 meses

En varias filas, el total estimado no coincide con cantidad × precio unitario: en el ítem 1, 10 × RD$16,989.64 da RD$169,896.40, no RD$339,792.80; en el ítem 6, 500 × RD$22,101.40 da RD$11,050,700, no RD$22,101,400. La suma de cantidades por precios unitarios coincide con el estimado del portal, pero los totales publicados por ítem pueden afectar la verificación del límite de las ofertas iniciales; además, el monto presupuestado narrado en el pliego difiere del estimado del portal.

“10 16,989.64 339,792.80 … 500 22,101.40 22,101,400.00”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 137 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 137 — Apertura y evaluación de oferta económica inicial

Artículo 137.- Apertura y evaluación de oferta económica inicial. El Comité de Contrataciones Públicas debe abrir las ofertas económicas iniciales y estas deben ser evaluadas por los peritos designados, conforme al pliego de condiciones del procedimiento, para verificar que sean menores al presupuesto referencial de cada artículo del procedimiento. Párrafo. La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe notificar a los oferentes que hayan superado la etapa de evaluación de la oferta económica inicial y, automáticamente, el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas define el valor inicial de la puja o precio de arranque, que debe ser aquella propuesta económica inicial que…

Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Servicentro Del Caribe Azul, SRLEl contexto del proceso identifica a la empresa como adjudicataria de los 15 ítems.Adjudicado15 ítemsRD$25,664,282
Shalone Distribuidora, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el documento no consigna su resultado de evaluación.MencionadoProceso completoRD$12,523,910

Otros documentos del proceso (11)

  • Acta de aprobacion base de la contratacion.pdfPliego · 26 may de 2026
  • Acta de Aprobacion modalidad proceso y Seleccion de peritos.pdfInforme pericial · 26 may de 2026
  • Estudios previos.pdfEstudio previo · 29 may de 2026 · 4 señales
  • Solicitud.pdfSolicitud de compra · 29 may de 2026 · 1 señal
  • Acto Administrativo Enmiendas al pliego de condiciones..pdfEnmienda · 8 jun de 2026 · 2 señales
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 1 jul de 2026 · 2 señales
  • Acta apertura Sobre B.pdfActa · —
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • Informe EValuacion Oferta Ec y Rec Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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