El Acta de inicio 0021-2026, de fecha 2026-05-27, aprueba tramitar por excepción de urgencia la contratación para restaurar la infraestructura tecnológica crítica del centro de datos del Ayuntamiento Santo Domingo Este. También designa tres peritos para sustentar el proceso, elaborar el pliego y evaluar las ofertas; el acta no consigna montos ni oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica como miembro al Secretario Técnico, pero no menciona al representante de la Oficina Municipal de Planificación y Programación que integra el comité local conforme al artículo 197. La diferencia en la integración decisoria merece verificarse.
““Aracelis E. García Alcántara, Directora Financiera, en calidad de miembro y Leonardo Antonio Martínez, Secretario Técnico, en su calidad de miembro.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales
Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…
El acta aprueba el procedimiento de urgencia y, en la misma reunión, encarga a los peritos elaborar el informe que lo sustente. El Reglamento prevé que la decisión de la máxima autoridad se base en el informe pericial y que el comité apruebe la excepción con base en ese informe; los documentos posteriores citados para el proceso podrían aportar pasos adicionales antes de la convocatoria, pero no cambian la secuencia que registra esta acta.
““para que los mismos se encarguen de la elaboración del informe que sustente el proceso EXCEPCIÓN POR SITUACION DE URGENCIA” … “APROBAR, como en efecto APRUEBA, que en cumplimiento al Artículo 78 numeral 3, de la ley 47-25 Contrataciones Pú”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia
Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona