El Acta núm. CCC-LPN-2026-0001, fechada el 28 de mayo de 2026, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica parcialmente el suministro a Yona Yonel Diesel, SRL (RD$31,276,919.70), Sigma Petroleum Corp, SAS (RD$36,385,251.00) y Next Dominicana, SA (RD$24,894,228.30). Los tres montos suman RD$92,556,399.00, igual al monto estimado del proceso; el acta fundamenta la selección en el cumplimiento de los requisitos y en factores que incluyen el mayor descuento, las condiciones de crédito, las facilidades de pago y el tiempo de entrega.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
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A revisarHallazgo en documentosRD$49.4 mil millones
El acta incluye a PETROMÓVIL entre los oferentes habilitados para la evaluación económica. El portal registra para esa empresa una oferta de RD$49,385,670,100 frente a un estimado de RD$92,556,399, aunque el registro aparece pendiente; conviene verificar el importe original y cómo fue tratado en la evaluación económica.
“… se comprobó que las siguientes empresas quedaron habilitadas: PETROMÓVIL, S.A. RNC, GULFSTREAM PETROLEUM DOMINICANA, SRL. RNC, YONA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La tabla de Sigma identifica el gasoil óptimo en «Unidad», mientras las tablas de Yona y Next lo identifican en «Galones». La diferencia debe cotejarse con el pliego y el contrato porque afecta la interpretación de la cantidad adjudicada y la verificación de las entregas.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · Ley 47-25, art. 143 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
Ley 47-25, artículo 143 — Responsables del contrato
Artículo 143.- Responsables del contrato. La institución contratante, al momento de la adjudicación, indicará los funcionarios o servidores responsables del contrato, a los cuales corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas y estos cumplirán las actividades mínimas siguientes: 1) Revisar y certificar que las garantías exigidas según lo dispuesto en el procedimiento de contratación se encuentren vigentes; 2) Inspeccionar que los bienes, servicios y obras son entregados según lo establecido en el contrato; 3)…
El acta presenta el mayor descuento como fundamento de la adjudicación, pero las tablas de los tres adjudicatarios consignan los mismos precios unitarios finales para gasolina premium (RD$305.10) y gasoil óptimo (RD$257.10); los tickets figuran al valor nominal. Conviene contrastar los descuentos y la comparación económica del informe aprobado con los valores de las tablas.
“… por cumplir con las exigencias de los términos de referencia, en cuanto a los requisitos técnicos, mayor descuento, condiciones de crédito, facilidades de pago y tiempo de entrega.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona