El documento recomienda contratar espacios publicitarios en AM Café Amargo y S-91 Media Group por tres meses, por un total de RD$415,500. Sin embargo, el proceso al que se adjunta corresponde, según el portal, a servicios de almacenaje, custodia y eliminación de documentos, con un monto estimado de RD$15,881,320.33; el informe no establece cómo sus recomendaciones justifican ese objeto ni esa cuantía.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso del portal es para almacenar, custodiar y eliminar documentos, con monto estimado de RD$15,881,320.33; este informe, en cambio, recomienda espacios publicitarios y detalla un costo de RD$415,500 por tres meses. La diferencia de objeto, modalidad de excepción invocada y cuantía hace necesario verificar si se incorporó el informe correspondiente al proceso y si la justificación aprobada sustenta la contratación registrada.
“CONSIDERANDO: Que la contratación de espacios publicitarios y de difusión en medios digitales escritos, a través de las empresas Expo Media, Diario Salud, Red Digital de Noticias, Desde la Fuente, Prensa Extrema, permitirá ampliar significa”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Expo MediaMencionada como medio publicitario en el informe; no se la identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
Mencionado
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Diario SaludMencionado como medio publicitario en el informe; no se lo identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
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Red Digital de NoticiasMencionada como medio publicitario en el informe; no se la identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
Mencionado
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Desde la FuenteMencionada como medio publicitario en el informe; no se la identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
Mencionado
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Prensa ExtremaMencionada como medio publicitario en el informe; no se la identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
Mencionado
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AM Café AmargoEl informe recomienda contratar sus espacios publicitarios por tres meses; no la identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
Mencionado
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RD$150,000
S-91 Media GroupEl informe recomienda contratar sus servicios publicitarios por tres meses; no la identifica como oferente del servicio de almacenaje, custodia y eliminación documental.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona