Los estudios previos, fechados el 22 de abril de 2026, describen la adquisición de tickets de gasolina para atender de forma recurrente las operaciones de la flotilla vehicular del MITUR, con cobertura nacional y controles de trazabilidad. Estiman el costo en RD$5,600,000 y describen requisitos operativos, garantías y una matriz de riesgos cuya elaboración se plantea en futuro.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra procesos para el mismo tipo de tickets por RD$1,800,000 el 24/03/2026, RD$1,856,000 el 21/05/2026 y RD$5,644,000 convocado el 28/05/2026: RD$9,300,000 en conjunto dentro de tres meses desde la primera convocatoria. Dado que el estudio describe una necesidad recurrente y permanente, corresponde verificar si eran necesidades diferenciadas y si se documentó alguna justificación para contratar por separado; el artículo 81 prohíbe fraccionar para eludir la modalidad aplicable y el artículo 82 prevé supuestos permitidos.
“La naturaleza del objeto contractual corresponde a una contratación de suministro de bienes de consumo recurrente, de ejecución sucesiva, destinada a atender necesidades operativas permanentes de la institución;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…
El estudio indica que la estimación, tipificación y asignación de riesgos se realizará mediante una matriz y que esta podría incorporarse como anexo. La redacción deja por verificar si ese análisis estaba completado e integrado al expediente antes de la convocatoria, pues la ley incluye la identificación y asignación de riesgos entre los contenidos mínimos de los estudios previos.
“La estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles asociados a la presente contratación se realizará mediante la elaboración de una matriz de gestión de riesgos, conforme a lo dispuesto en la Guía Integral de Gestión de Rie”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona