Cronograma no distingue apertura técnica y económica
· hace 4 meses
El cronograma fija una apertura y lectura de ofertas y al día siguiente programa la evaluación conjunta de los sobres A y B, sin identificar una evaluación técnica definitiva previa a la apertura económica. La secuencia merece verificarse frente al requisito de mantener separadas las ofertas y posponer la apertura económica; el cronograma, por sí solo, no acredita qué sobres fueron efectivamente abiertos.
“Apertura y lectura de ofertas | 1/06/2026 4:00 P.M. | Verificación, Validación y Evaluación contenido de las Propuestas Técnicas y económica “Sobre A y B” y entrega de informe preliminar. | 02/06/2026 2:00 P.M.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 154 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Reglamento 52-26, artículo 154 — Aplicación de reglas de los procedimientos ordinarios de selección
Artículo 154.- Aplicación de reglas de los procedimientos ordinarios de selección. En todo lo no previsto en las reglas particulares que regulan las modalidades de excepción, aplican las reglas de los procedimientos ordinarios de selección.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.