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Pliego

pliego de condiciones equipos tecnologicos.pdf

Adquisición De Equipos Tecnológicos Para Uso De Este INDOCAL · Instituto Dominicano para la Calidad

Publicado el 26 may de 202643 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOCAL-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado únicamente como mayo de 2026, convoca una contratación simplificada para adquirir 28 renglones de equipos tecnológicos, con valor referencial de RD$6,434,950.00 y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas. Establece cierre de ofertas el 3 de junio de 2026 y regula requisitos técnicos, financieros y contractuales para participar; el documento también identifica a Yasmin de la Cruz como supervisora del contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Requisito financiero de dos ejercicios y solvencia mínima

Documento del 26 may 2026 · hace 4 meses

Para una adquisición estimada en RD$6,434,950.00, el pliego requiere estados financieros certificados de 2024 y 2025 y solvencia mayor o igual a 1.20. La exigencia puede ser relevante para la participación de empresas de menor tamaño; corresponde comprobar su proporcionalidad con el valor y la naturaleza del objeto.

“Estado (s) Financiero (s) del año dos mil veinticuatro (2024) y año dos mil veinticinco (2025) de los últimos (s) ejercicio (s) contable (s) consecutivo (s) [2024 y 2025], certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Especificación de tableta limitada expresamente a marca Apple

Documento del 26 may 2026 · hace 4 meses

Para el ítem 26, el pliego exige marca Apple y características concretas del chip y almacenamiento, sin indicar «o equivalente». La especificación puede reducir las alternativas admisibles; corresponde verificar si la marca resulta indispensable para describir el objeto.

“- Marca Apple - 11 pulgadas … -Chip M4 -128 GB”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Autorización del fabricante como requisito técnico habilitante

Documento del 26 may 2026 · hace 4 meses

El pliego exige una carta de autorización del fabricante para vender los equipos ofertados y evalúa la documentación técnica como cumple/no cumple. La condición puede limitar la participación a canales autorizados, por lo que amerita revisar su vinculación y proporcionalidad respecto de los bienes y las garantías requeridas.

“3. Presentar carta de autorización de fabricante para la venta de los equipos ofertados”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Documentación técnica declarada no subsanable en bloque

Documento del 26 may 2026 · hace 4 meses

El pliego califica la documentación técnica como no subsanable y establece que los documentos técnicos son habilitantes. La regla formulada en bloque puede impedir corregir documentos de soporte que no alteren la oferta técnica, aunque la ley contempla la subsanación de esos documentos bajo determinadas condiciones.

“13.3 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

A revisarHallazgo en documentos

Vigencia de oferta expresada con dos referencias distintas

Documento del 26 may 2026 · hace 4 meses

El cronograma indica una validez de 90 días, mientras que la sección económica fija vigencia hasta el 31 de julio de 2026. La diferencia puede generar incertidumbre sobre cuánto tiempo debe mantenerse la oferta y la garantía; conviene verificar cuál fecha rige en el pliego definitivo y sus enmiendas.

“Plazo de vahdez de las ofertas 90 o,as … Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el día 31 de julio del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas

Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Valor referencial muy próximo al máximo de contratación simplificada

Documento del 26 may 2026 · hace 4 meses

El valor referencial de RD$6,434,950.00 queda RD$1,807.50 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 para bienes y servicios en contratación simplificada según el umbral vigente desde el 1 de abril de 2026. El monto no supera el umbral, pero su proximidad amerita verificar la estimación y la clasificación del procedimiento.

“El valor referencial para esta compra RO$ 6,434,950.00 incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien a adquirir”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía

Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación

Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…

Otros documentos del proceso (39)

  • solicitud compras_001.pdfSolicitud de compra · 26 may de 2026 · 3 señales
  • acta de inicio tecnologico.pdfInforme pericial · 26 may de 2026 · 1 señal
  • convocatoria comparacion de precios.pdfDocumento · 26 may de 2026
  • ficha tecnica tecnologico.pdfPliego · 26 may de 2026 · 3 señales
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 26 may de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 26 may de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 26 may de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 26 may de 2026
  • pliego de condiciones equipos tecnologicos.pdfPliego · 26 may de 2026 · 3 señales
  • contrato-ejecucion-de-bienes.docxContrato · 26 may de 2026
  • 1_INSTITUTO_DOMINICANO_PARA_LA_CALIDAD_0321.pdfDocumento · 26 may de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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DG-2439-26_INF-0065_34210_signed.pdf
Documento · 26 may de 2026
  • INSTITUTO_DOMINICANO_PARA_LA_CALIDAD_0065_signed.pdfDocumento · 26 may de 2026
  • 0_DG-2855-26-INF-0321_35772.pdfDocumento · 26 may de 2026
  • Circular de respuesta.pdfCircular · 29 may de 2026
  • Enmienda 1.pdfEnmienda · 29 may de 2026 · 1 señal
  • Pliego de condiciones equipos.pdfPliego · 1 jun de 2026 · 3 señales
  • Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 2 jul de 2026 · 1 señal
  • Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
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  • CONTRATO UXMAL.pdfContrato · —
  • informe de ofertas economicas y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
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  • informe de ofertas economicas y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —