El documento, fechado el 25 de mayo de 2026, solicita a Voltaii SRL una propuesta mediante contratación directa por proveedor único para suministrar e instalar módulos del regulador de velocidad de la turbina núm. 2 de la Central Aguacate. Establece pagos de 20% de anticipo con garantía, 15% cuando se presenten los técnicos y 65% tras la terminación y recepción satisfactoria; el portal registra un monto estimado de RD$5,000,000. El pliego contiene fechas incompatibles para la recepción de ofertas, incluida una fecha límite el mismo día de la convocatoria.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija una fecha límite el mismo día de la convocatoria, pero también establece recepción física hasta el 1 de junio y un cronograma que indica el 1 de julio. Esta divergencia deja incierto el plazo aplicable; para excepciones distintas de emergencia, seguridad nacional, urgencia y condiciones excepcionalmente favorables, el reglamento exige al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción.
“Su oferta debe ser presentada antes del lunes 25 mayo 2026 a las 5:00 pm… La presentación de la propuesta y cotización en soporte papel… desde lunes 25 de mayo 2026 a las 5:00 pm hasta lunes 01 de junio 2026 a las 5:00 pm…”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
El pliego dispone un pago del 15% cuando los técnicos del contratista se presenten para ejecutar los trabajos, sin vincular ese desembolso en esta cláusula a un entregable o avance verificable. El anticipo inicial del 20% sí queda sujeto a una garantía de buen uso; conviene verificar el soporte de ejecución exigido para el segundo pago.
“un segundo pago equivalente al quince por ciento (15%), el cual se realizará una vez los técnicos del contratista se presenten para la ejecución de los trabajos objeto del contrato”
El pliego consigna que la ausencia de alguno de los documentos estandarizados no será motivo de rechazo, y su enumeración (fichas técnicas, formularios SNCC.F.034, SNCC.F.033, compromiso ético, SNCC.F.042, contrato, SNCC.F.037, debida diligencia y estado financiero) no incluye la declaración de oferta libre de colusión que exige el artículo 108 de la Ley 47-25. En un proceso de proveedor único con un solo proveedor notificado, luego declarado desierto sin adjudicación, no se demuestra efecto en la competencia ni en el precio; además, la declaración podría estar contenida en el formulario de oferta económica, cuyo texto no consta aquí.
“Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 108 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 108 — Oferta económica
Artículo 108.- Oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda; 2) La garantía de la seriedad de la oferta, cuando aplique al procedimiento; y 3) Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria.
Las fichas técnicas identifican los equipos como MULTICAN 2.1 y GR371, y el procedimiento se dirige directamente a Voltaii SRL. La necesidad de compatibilidad con el regulador existente podría explicar la especificación, pero conviene verificar si las características son funcionales y si existen sustitutos equivalentes, pues el pliego no los menciona.
“Nombre del Material o Equipo: MULTICAN 2.1… Nombre del Material o Equipo: Microcontrolador programable GR371”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona