Aprobación del proceso con normas anteriores a la convocatoria
· hace 4 meses
El acta, fechada el 15 de enero de 2026, aprueba el procedimiento y el pliego citando la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23; el proceso se convocó el 25 de mayo de 2026, cuando ya regían la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26. Conviene verificar cómo se adecuó o ratificó esa aprobación bajo el régimen aplicable a la fecha de convocatoria.
“Lo antes expuesto y de conformidad a las normativas vigentes que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones, el tipo de Proceso es un Procedimientos por Exceoción de Proveedor Unico, por un monto de CINCO MILLONES DE PESOS DOMINI”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 245 · Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 245 — Transición
Artículo 245.- Transición. Los procedimientos de contratación iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ley, así como la celebración y ejecución de sus contratos, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
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