Verificar registro y publicación de la Enmienda núm. 03
· hace 4 meses
La ficha del portal suministrada consigna como última enmienda registrada el 14/05/2026, mientras que esta resolución está fechada el 25/05/2026 y ordena su publicación en el SECP y el portal institucional. La diferencia podría deberse a un atraso del portal; conviene verificar que la enmienda quedó efectivamente publicada.
“SEGUNDO: ORDENA a la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas la publicación de la presente Resolución en el portal institucional de la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia (PROPEEP), así como en el ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →