El registro visible del plan anual es posterior a la solicitud
· hace 4 meses
La solicitud indica que la compra está planificada, pero el Plan Anual de Contrataciones aportado como contexto corresponde a la versión 4, publicada el 9 de julio de 2026, después de la solicitud y la convocatoria del 18 de mayo. Esto no demuestra que no existiera una versión previa; conviene verificar el historial de versiones y la fecha en que se incorporó esta contratación al plan.
“Planificada: Sí”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →