Precio estimado de computadoras (RD$144,000) muy por encima de referencias y sin soporte identificable
· hace 4 meses
El estudio de mercado estima RD$144,000 por computadora de escritorio con un rango declarado de RD$95,000–RD$155,000, sin identificar los proveedores consultados; la mediana de estimados de otros procesos es RD$60,000 (rango central hasta RD$80,000) y el Plan Anual 2026 consignaba RD$80,000 por unidad. La adjudicación final (Offitek, RD$77,362 c/ITBIS por unidad) quedó muy por debajo del estimado, por lo que el efecto en el pago final no se materializó.
“Se identificó un rango de precios entre RD$95,000 y RD$155,000 para equipos con características similares. El precio referencial utilizado de RD$144,000 se ubica en el rango alto del mercado, justificado por tratarse de equipos completos (C”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.