El acta adjudica a Emilio Hernández los trabajos de construcción y reparación de aceras y contenes en Salcedo por RD$5,912,406.00, impuestos incluidos. Consigna que la oferta cumplió los requisitos técnicos, legales y financieros; el día y la hora de la reunión aparecen en blanco.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (14 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta incluye a la Encargada de Compras entre los cinco integrantes y no identifica al responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información o su equivalente, previsto en la composición del comité local. Conviene verificar la integración efectiva del órgano que aprobó la adjudicación.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales
Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…
La lista de integrantes identifica a Ronnel Riccialdy como Encargado de Planificación, pero el acta está firmada por Ronnel Rijo Jard con ese mismo cargo. El documento no aclara si se trata de la misma persona ni la razón de la diferencia, por lo que corresponde verificar quién participó y firmó.
“•Ronnel Riccialdy — Encargado de Planificación. … [firma] Ronnel Rijo Jard Encargado de Planificación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
El acta deja en blanco el día y la hora de la reunión y luego remite a una fecha indicada anteriormente. Sin esos datos no puede verificarse a partir del acta cuándo se adoptó la adjudicación ni contrastar el plazo de notificación.
“En el municipio de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, República Dominicana, siendo las _ horas del día _ del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026), reunido el Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento Municipal de…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Ley 47-25, art. 126 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Emilio HernándezEl acta indica que su oferta cumplió los requisitos técnicos, legales y financieros y la considera conveniente para los intereses institucionales y del municipio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona