La Enmienda I del proceso MINERD-CCC-CP-2026-0008, fechada el 15 de mayo de 2026 y aprobada según el documento mediante el Acta núm. 033-1/2026, sustituye disposiciones del pliego sobre los documentos del Sobre A, la evaluación técnica, el desempate y la subcontratación. Entre otros cambios, establece el uso de criterios cumple/no cumple y fija límites de subcontratación de hasta 45% en general y 50% cuando se subcontraten MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda limita la subsanación de estados financieros e IR2 a la omisión y establece que el incumplimiento de cualquier requerimiento descalifica. La Ley 47-25 permite subsanar los documentos de acreditación de calificación si el oferente cumplía el requisito al presentar la oferta, y también otros documentos de soporte si no se modifica la oferta; conviene verificar cómo se aplicaría la restricción del pliego.
“Los Estados Financieros auditados de los dos últimos periodos fiscales, certificados por uno firma de auditores o un contador público autorizado (CPA). Los valores contenidos en los renglones de los Estados Financieros deber ser igual a los”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
La enmienda está fechada el 15 de mayo y el cronograma del portal fija el cierre de ofertas para el 19 de mayo: restaban dos días hábiles completos. Como el cambio reemplaza disposiciones sobre credenciales, evaluación y desempate, el intervalo reducido merece revisión por su posible efecto en el tiempo disponible para preparar ofertas; el cronograma disponible no permite concluir que se incumpliera el umbral legal de extensión aplicable a cambios posteriores al 75% del plazo.
“en fecha ocho (08) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), fue publicada la convocatoria a participar en el proceso de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 100 · Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas
Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación de la oferta técnica — Sobre ACredenciales y documentos legales, financieros y de experiencia
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Enumera formularios y certificaciones subsanables, exige una copia de contrato u orden de compra de bienes similares o equivalentes y evidencia de recepción satisfactoria, e incluye documentación financiera y declaraciones juradas.
Aclara
Metodología y criterios de evaluación técnica — Sobre AMetodología de evaluación y subsanación
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Dispone evaluación cumple/no cumple; establece que el incumplimiento de cualquier requerimiento descalifica y que se realizará debida diligencia durante la evaluación. Limita la subsanación de estados financieros e IR2 a la omisión.
Endurece
Desempate de ofertasCriterio de desempate
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Da preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad ambiental en su cadena de producción; si ninguna lo presenta, dispone selección al azar ante notario e interesados.
Aclara
SubcontrataciónPorcentaje máximo y datos de subcontratistas
El texto previo del pliego permitía un porcentaje identificado en la revisión del proceso como superior al límite general; su redacción exacta no se reproduce aquí.
Fija hasta 45% como regla general y hasta 50% cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES; requiere autorización previa y expresa e identificar en la oferta las tareas y posibles subcontratistas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona