El pliego establece una contratación directa por excepción para adquirir un inmueble colindante a la Oficina Regional Norte, mediante un único ítem, y fija la convocatoria para el 14 de mayo de 2026. El cronograma contiene dos fechas incompatibles para presentar ofertas: el 13 de mayo en soporte papel y el 21 de mayo como plazo general. También incluye reglas sobre debida diligencia, garantía de fiel cumplimiento, pago, evaluación y penalidades.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se establecen penalidades de 1 % diario por retraso en la entrega y de 0.5 % diario por incumplimientos de otros términos, sin expresar un tope acumulado. La Ley limita cada penalidad al 10 % del precio del contrato y el total de penalidades al 30 %, por lo que debe verificarse que esos límites se incorporen y respeten en el contrato.
“La SB aplicará una penalidad equivalente a un por ciento (1%) del monto total del contrato por cada día o fracción de día en que LA ENTIDAD CONTRATADA incumpla con el plazo establecido para la entrega de los bienes o servicios”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso
Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.
Aunque el documento corresponde al proceso terminado en 0002 y a la adquisición de un inmueble, el apartado de contrato identifica el proceso 0001 y lo denomina contrato de ejecución de servicios; el texto de penalidades también remite al proceso 0001. Estas referencias pueden generar incertidumbre sobre qué condiciones contractuales corresponden a esta adquisición.
“El modelo de contrato que se utilizará, para el procedimiento de contratación de excepción por proveedor único núm. SUPBANCO-CCC-PEIN-2026-0001, es el contrato de ejecución de servicios … correspondiente al procedimiento de excepción por”
Además del SECP y la entrega física, el pliego permite presentar ofertas por correo electrónico. La habilitación de ese canal adicional merece revisión por sus efectos en la trazabilidad y confidencialidad de las propuestas; el marco establece el SECP o soporte físico y dispone el uso obligatorio del sistema electrónico.
“A través del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECP) de forma digital, o a través de los correos electrónicos. [correo] [correo] o de forma física”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · Reglamento 52-26, art. 46 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas
Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…
Reglamento 52-26, artículo 46 — Naturaleza y alcance del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 46.- Naturaleza y alcance del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas constituye la plataforma tecnológica oficial y única para la gestión integral de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y la liquidación de los contratos, conforme a los principios de transparencia, eficiencia, trazabilidad, participación y control ciudadano establecidos en la Ley núm. 47-25. Párrafo I. El uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas es obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la ley, así como para los oferentes, proveedores y contratistas…
El pliego fija como fecha general de recepción el 21 de mayo de 2026, pero también indica que la propuesta en papel debía entregarse el 13 de mayo, un día antes de la convocatoria. La contradicción puede confundir a los interesados sobre el plazo aplicable; el portal registra cierre el 21 de mayo.
“Presentación de ofertas “Sobre A” (oferta técnica y “Sobre B” (oferta económica), hasta el jueves 21 de mayo del 2026. La presentación de la propuesta y cotización en soporte papel debe ser entregada hasta el miércoles 13 de mayo del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 100 · Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas
Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
El cronograma fija la constitución de la garantía para el 26 de junio, después de la notificación de adjudicación prevista para el 16 de junio. Esa fecha excede los cinco días hábiles previstos para presentar la garantía por un adjudicatario nacional; corresponde verificar cuál plazo se aplicaría efectivamente.
“Notificación de adjudicación. Martes 16 de junio de junio del 2026 8. Plazo para constitución de garantía de fiel cumplimiento, el martes 26 de junio del 2026”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
El pliego exige a todo oferente acreditar que está al día con sus obligaciones fiscales. La regla no contempla la posibilidad legal de participación de MIPYMES con obligaciones pendientes por un período de hasta seis meses, por lo que conviene verificar cómo se aplicaría a un oferente que reúna esa condición.
“Presentar la certificación que se encuentre al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). será verificado en línea por la institución.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona