Los términos de referencia, fechados el 15 de abril de 2026, describen servicios de asesoría y representación jurídica por un año, con un monto estimado de RD$12,000,000. Recomiendan la selección directa de Cristóbal Antonio Rodríguez Gómez y establecen un perfil con al menos 25 años de experiencia y formación especializada. También incluyen servicios y entregables formulados de manera amplia, sujetos a requerimientos de la institución.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los términos de referencia contemplan opiniones y otros entregables de cualquier naturaleza o formato, según las necesidades de la institución, y prevén representación en procesos de diversa índole. Esta amplitud dificulta delimitar anticipadamente las prestaciones y verificar su alcance frente al monto estimado de RD$12,000,000; conviene contrastarla con la definición del objeto y los productos pactados en el contrato.
“Elaborar opiniones jurídicas consultas técnicas, reportes y análisis legales u otros entregables de cualquier otra naturaleza o formato a requerimiento de la institución, de acuerdo con las necesidades que se presenten en el ejercicio de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento propone a Rodríguez Gómez y exige, entre otros requisitos, un mínimo de 25 años de experiencia y formación especializada en derecho constitucional y administrativo. Por tratarse de selección directa, la identificación previa del candidato y la correspondencia entre el perfil y el profesional propuesto ameritan revisar la proporcionalidad de esos requisitos y su sustento en la necesidad concreta.
“Tomando en cuenta las condiciones con las que debe contar el perfil requerido, se presenta al L¡c. Cristóbal Antonio Rodríguez Gómez, quien es licenciado en derecho con más de veintiséis (26) años de experiencia en el ejercicio de su profes”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Cristóbal Antonio Rodríguez GómezEl portal registra el contrato como adjudicado por RD$12,000,000; el acta 036-2026 indica que cumplió los requisitos legales, técnicos y económicos y que fue el único oferente evaluado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona