El acta núm. 03-04-2026, de fecha 2026-04-14, aprueba el informe preliminar de evaluación técnica y descalifica al único oferente por incumplir las especificaciones técnicas. Autoriza notificarle y señala que posteriormente el Comité declarará desierto el proceso; el acta identifica el expediente como PROCURADURÍA-CCC-SI-2025-0003, aunque el proceso del portal es PROCURADURIA-CCC-SI-2026-0003, con monto estimado de RD$7,500,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que hubo un único participante y que fue descalificado; el portal registra una oferta de Offitek, SRL pese a indicar 9,267 proveedores notificados. No se adjudica en esta acta y se anuncia una posterior declaratoria de desierto, pero la participación efectiva limitada amerita revisar las condiciones de competencia del proceso.
“Que conocido el contenido y el alcance del informe preliminar de la evaluación técnica del procedimiento de Subasta Inversa para la “Adquisición de computadoras portátiles (Laptops) para la Procuraduría General de la República y sus depende”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…
El acta repite la referencia PROCURADURÍA-CCC-SI-2025-0003, mientras el proceso convocado y la oferta registrada en el portal corresponden a PROCURADURIA-CCC-SI-2026-0003. Aunque podría tratarse de un error de identificación, conviene verificar que la descalificación se incorporó al expediente correcto y se notificó al oferente correspondiente.
“Ref.: PROCURADURÍA-CCC-SI-2025-0003.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 82 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Offitek, SRLEl acta descalifica al único oferente por no cumplir las especificaciones técnicas del pliego. El portal identifica a Offitek, SRL como la única oferta registrada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona