El pliego del proceso CONANI-CCC-LPN-2026-0001 convoca, desde el 13 de mayo de 2026, una licitación pública nacional para contratar por hasta RD$16,000,000 los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de la flotilla vehicular. Establece requisitos de experiencia, ubicación e infraestructura del taller, piezas originales y ofertas obligatorias para ambos ítems; prevé adjudicación total según precios ponderados del mantenimiento preventivo. El documento no muestra número de acta ni una fecha exacta de emisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone adjudicar los dos ítems en conjunto, pero define el precio ajustado mediante la ponderación de precios del mantenimiento preventivo. El ítem correctivo representa RD$9,600,000 del presupuesto total de RD$16,000,000 y no se identifica en el criterio transcrito cómo incide su precio en la comparación económica; conviene verificar cómo se evaluará para seleccionar la propuesta más conveniente.
“El presupuesto base para la CONTRATACI6N PARA LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, PREVENTIVO/CORRECTIVO, PARA LA FLOTILLA VEHICULAR DE LA INSTITUCI6N, Referencia Nam. CONANI-CCC-LPN-2026-0001, asciende a DIECISEIS MILLONES PESOS DOMINICANOS CON”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Se exigen tres procesos previos de naturaleza similar y cuantía igual o superior al proceso, además de tres cartas de referencia que acrediten conjuntamente al menos el 50% de su valor. La acumulación de ambas exigencias merece revisión de proporcionalidad respecto del objeto y del universo de proveedores capaces de prestar el servicio.
“Formulario de experiencia como contratista SNCC.D.049, en el cual debera presentar minimo tres (3) procesos de esta misma naturaleza de similar o de mayor cuantia al presente proceso, debera anexar evidencias como contratos y 6rdenes de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El pliego exige taller a no más de 12 km de la sede y, entre otros elementos, un espacio de al menos 400 m², cámaras, torres de elevación y escáner multimarca; varios requisitos son no subsanables. Aunque el documento vincula la ubicación con tiempos de servicio y traslados, la combinación de distancia e infraestructura puede limitar la concurrencia y amerita verificar su necesidad y proporcionalidad.
“El oferente debe tener las instalaciones de su taller dentro deI Gran Santo Domingo (Distrito Nacional y la Provincia Santo Domingo), a una distancia que no sea superior a los 12 ki16metros de distancia de la sede del Consej o Nacional Para”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego define el objeto como mantenimiento y reparación de vehículos, pero la tabla de evaluación legal requiere que el RPE tenga inscrita la actividad 78110000 de transporte de pasajeros. Esa discordancia podría afectar la habilitación de proveedores de mantenimiento que sí correspondan al objeto contratado.
“Esta contrataci6n ha sido clasificada bajo los rubros -clase-78180107_ Reparaci6n y mantenimiento de autom6vil y de camiones ligeros, y - Mantenimiento de vehiculos Y servicios de reparaciones-… Registro de Proveedores del Estado (RPE), emi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego requiere piezas de la misma marca del fabricante original o recomendadas por este y excluye las alternativas, sin que en el texto citado se describa una excepción por equivalencia técnica. Esta condición puede limitar la competencia y conviene verificar su necesidad para el mantenimiento de una flotilla de distintas marcas y modelos.
“El oferente debe ofertar piezas nuevas, aut6nticas, originales (de la misma linea del fabricante del vehiculo descrito en el listado). Las piezas ofertadas no podran ser marcas alternativas. Deberan ser de la misma marca del fabricante orig”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$6,949
El pliego indica que la oferta preventiva no debe ser menor al 15% del precio unitario de referencia, pero no precisa con claridad si el límite es el 15% del referente o una reducción máxima del 15%. La ambigüedad puede hacer incierto qué precio activa el análisis de oferta no sustentable o la posible descalificación.
“La oferta econ6mica para el item 1 incluida en su oferta, no debera ser menor al quince por ciento (15%) en relaci6n con el precio unitario de referencia incluido; de incurrir en esto albIno, la entidad contratante puede considerar la ofert”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 123 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.
Oferentes que registra (3)
1 no habilitado · 1 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Palcar Group, SRLSegún el resumen del acta de adjudicación anterior, figura entre quienes presentaron propuestas, pero el acta solo identifica a Centro Automotriz Remesa como habilitado para la apertura del Sobre B.
No habilitado
Mantenimiento preventivo y correctivo
—
G Por Tres Dominicana, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; la información aportada no consigna su resultado de habilitación.
Mencionado
Mantenimiento preventivo y correctivo
—
Centro Automotriz Remesa, SRLSegún el resumen del acta de adjudicación, cumplió los requisitos del pliego y recibió la adjudicación de ambos servicios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…