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Informe de evaluación

informe pericial 0001 oxigeno.pdf

COMPRAS DE OXIGENO MEDICINAL · Hospital General Regional Dr. Macelino Velez Santana

Publicado el 12 may de 2026Fechado el 15 abr de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Hosp Marcelino Velez-CCC-PEPU-2026-0001

Lo que dice

El informe técnico pericial, fechado el 16 de abril de 2026, solicita autorizar una contratación directa por proveedor único para el suministro de oxígeno medicinal y CO₂, e identifica a OGIM, SRL por la infraestructura instalada y la compatibilidad técnica alegada. Estima la contratación en RD$91,540,360.00 y fundamenta la solicitud también en la continuidad del servicio y el riesgo para los pacientes. En la tabla, los montos de los ítems 1 y 2 no coinciden con sus cantidades multiplicadas por los precios unitarios, aunque el total corresponde al cálculo correcto.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$91.5 millones

Fundamentos de emergencia y proveedor único aparecen mezclados

Documento del 12 may 2026 · hace 5 meses

El informe invoca peligro de pérdida de vidas para justificar selección directa, pero identifica la modalidad solicitada como proveedor único y vincula la elección de OGIM a que tiene instalada la infraestructura. La compatibilidad técnica puede sustentar esta excepción, pero el informe no precisa por qué esa infraestructura impide que otro proveedor pueda satisfacer el requerimiento; conviene verificar la base técnica de la exclusividad y distinguirla de la vía de emergencia, que tiene requisitos propios.

“Es una situación de emergencia en la cual existe peligro evidente de pérdida de vidas humanas que justifican habilitar la contratación mediante procedimiento de selección directa la cual está, como hemos indicado, debidamente justificada. /”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$91.5 millones

Montos de dos ítems no cuadran con cantidad por precio unitario

Documento del 12 may 2026 · hace 5 meses

Para el ítem 1, 126,000 × RD$719 da RD$90,594,000, no RD$91,594,000; para el ítem 2, 510 × RD$1,239 da RD$631,890, no RD$631,850. El total de RD$91,540,360 sí coincide con la suma de los productos recalculados, por lo que las cifras de esos dos renglones requieren aclaración o corrección para mantener trazables los importes por ítem.

“1 | | 2.3.7.2.03 | Oxígeno líquido medicinal en galones | Galones | 126,000.00 | 719.00 | 91,594,000.00 / 2 | | 2.3.7.2.03 | Cilindro de oxígeno gaseoso 6M3 | Unidades | 510 | 1,239.00 | 631,850.00”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
OGIM, SRLIdentificado en el informe como proveedor para la contratación directa propuesta; el informe solicita que se autorice la excepción y se le invite a presentar oferta.Mencionado——

Otros documentos del proceso (12)

  • solicitud de compras unidad operativa.pdfSolicitud de compra · 12 may de 2026 · 2 señales
  • informe pericial comite de compras.pdfInforme justificativo · 12 may de 2026 · 1 señal
  • solicitud de propuesta para modalidad de exvepcion.pdfPliego · 12 may de 2026 · 5 señales
  • acta de inicio de procedimiento 0001.pdfPliego · 12 may de 2026 · 1 señal
  • acto administrativo 0001 oxigeno.pdfResolución · 12 may de 2026
  • soliciud oxigeno.pdfSolicitud de compra · 12 may de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION OXIGENO 0001.pdfActa de adjudicación · 21 may de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION OXIGENO 0001.pdfActa de adjudicación · —
  • COMUNICACION NUM 000780.pdfDocumento · —
  • CUOTA OXIGENO MEDI.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Orden de Compras_21/5/2026_6_14 p.m..Pdf
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