La solicitud, fechada el 16 de abril de 2026, registra la compra de oxígeno medicinal y dióxido de carbono por un total estimado de RD$91,540,360.00, con entregas y fechas de necesidad a requerimiento de la institución. El documento indica que la compra está planificada, pero identifica como expediente MAE-PEUR-2026-0001, distinto del proceso CCC-PEPU-2026-0001 al que se adjunta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud marca la compra como planificada y consigna RD$91,540,360.00. Según el contexto del PAC, los renglones identificados para oxígeno suman RD$13,783,204.66; como el cruce es por tipo de bien y no por proceso, la diferencia requiere conciliación, sin que por sí sola pruebe que esta compra estuviera fuera del plan.
“Planificada: Sí … Total RD$: 91,540,360.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
El documento asociado al proceso CCC-PEPU-2026-0001 consigna el expediente MAE-PEUR-2026-0001, código que, según el contexto del portal, corresponde a otro proceso de oxígeno cancelado el 23 de abril de 2026. Puede tratarse de una solicitud reutilizada, pero conviene verificar su incorporación y trazabilidad en el expediente actual.
“No. EXPEDIENTE MAE-PEUR-2026-0001”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 23 · Reglamento 52-26, art. 82 · con ChatLeyes
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona