Reserva amplia para modificar el equipo de peritos
· hace 5 meses
El acta se reserva la facultad de suprimir, adicionar o sustituir peritos sin precisar en esta cláusula el trámite ni las condiciones para hacerlo. No consta que esa facultad se ejerciera; conviene verificar que cualquier cambio posterior quede formalizado con la identificación, funciones y declaración de ausencia de conflictos de interés requeridas.
“El Comité de Contrataciones Públicas se reserva el derecho de suprimir, adicionar y/o sustituir peritos al equipo designado conforme se despjendade las exigencias de los documentos del proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
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