Estudio previo no detalla el volumen de raciones que sustenta el estimado de RD$5,400,000
· hace 5 meses
El estudio consigna precios de referencia por plato (RD$348.10 plato del día, RD$471.75 ejecutivo, RD$294.48 cena) y una fila rotulada «total referencial a comprar» que suma una unidad de cada tipo de plato (RD$1,114.33 con ITBIS), pero no presenta la cantidad estimada de raciones del período de seis meses que vincule esos precios con el estimado de RD$5,400,000. El monto total sí consta en el pliego y en el portal, y los contratos adjudicados por lote (RD$1,800,000 cada uno) lo corroboran.
“TOTAL. REFERENCIALA COMPRAR 3 944.35 169.98 1,114.33 … Costos estimados del servicio en las diferentes modalidades son: RD$ 348.10 plato del día, RD$ 471.75 plato ejecutivo y RDS294.48 cena”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.