El Acto núm. 207-2026, de fecha 2026-04-16, aprueba el informe pericial y adjudica cuatro ítems del proceso EDESUR-CCC-LPN-2025-0027. Los adjudicatarios son Energy And Safety Group (RD$2,065,498.66), Orbital Electric (RD$4,994,739.57), Punto Market (RD$168,349.94) y Unisun Electric (RD$19,684,913.40), por un total de RD$26,913,501.57, ITBIS incluido. También establece el orden de mérito para eventuales incumplimientos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$30.8 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: ELÉCTRICOS PROFESIONALES (ELECPROF), S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El acta adjudica a Orbital Electric RD$4,994,739.57 por el ítem 3, pero el listado de contratos del portal proporcionado registra contratos de los otros tres adjudicatarios y ninguno de Orbital. Puede tratarse de un desfase o registro incompleto del portal; conviene verificar la formalización y publicación contractual.
“TERCERO: ADJUDICAR al Oferente ORBITAL ELECTRIC, S.R.L., el siguiente ítem de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Núm. EDESUR-CCC-LPN-2025-0027, relativa a la “ADQUISICIÓN DE CONECTORES”, por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUAT”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Energy And Safety Group recibió una adjudicación para conectores eléctricos. Según la consulta de DGII del 2026-09-27 aportada para este análisis, su actividad registrada aparece como servicios inmobiliarios; ese dato posterior a la adjudicación no establece cuál era su actividad en abril de 2026, pero amerita verificar la compatibilidad vigente al ofertar y adjudicar.
“ADJUDICAR al Oferente ENERGY AND SAFETY GROUP E&S, S.R.L., los siguientes ítems de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Núm. EDESUR-CCC-LPN-2025-0027, relativa a la “ADQUISICIÓN DE CONECTORES”, por la suma de DOS MILLONES SESENTA Y CINCO MIL CUAT”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
No habilitado
Ítems 3 y 5
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ORBITAL ELECTRIC, S.R.L.Adjudicada para el ítem 3; aparece además en el orden de mérito del ítem 5.
Adjudicado
Ítem 3
RD$4,994,740
PUNTO MARKET, S.R.L.Adjudicada para el ítem 4; el acta mantuvo su no habilitación para los ítems 1, 2 y 3.
Adjudicado
Ítem 4
RD$168,350
R.Z. ENERGY, S.R.L.Habilitada para los ítems 1 y 5; figura en el orden de mérito como suplente en esos ítems.