El Acta núm. 067-2026, de fecha 2026-05-06, aprueba el uso de la excepción por selección directa para contratar publicidad digital durante tres meses, con un monto de RD$6,684,700.02. También aprueba la solicitud de propuesta, designa tres peritos y ordena continuar el procedimiento; identifica 18 medios o proveedores, pero no adjudica contratos ni distribuye montos entre ellos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba la selección directa para 18 medios, pero algunas filas asocian sociedades cuyo nombre alude a agencia o comunicaciones con canales o personas distintas. Esto no prueba que exista intermediación; conviene verificar la titularidad del espacio y que la contratación se haga directamente con el medio o plataforma correspondiente.
“LA ISLA AGENCY SRL VÍCTOR VARGAS-BOLETRI / EL MAÑANERO- BOLIVAR VALERA … V & V COMUNICACIONES Y EVENTOS SRL GRECO HERASME”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 167 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital
Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…
CAPRICORNIO TV SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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SOMOSTOPOPOINT NET SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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LUINNY JORDANI CORPORAN MERCEDESIncluido entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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COMSESO SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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ÁNGEL DAURIS GÓMEZ GÓMEZIncluido entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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MERCADO MEDIA NETWORK SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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LA ISLA AGENCY SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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PRODUCCIONES VIDEO PROVIDEO, SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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SERVICIOS INFORMATIVOS NACIONALES NOTICIAS SIN, SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Incluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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V & V COMUNICACIONES Y EVENTOS SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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SAREVAT, SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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ÁNGEL MANUEL DEL ORBE CRUZIncluido entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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EUCLIDES CORREA MARTÍNEZIncluido entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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DIRCOM, SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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BMMB GROUP CREATIVE SOLUTION SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
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A-1 PRODUCTIONS, SRLIncluida entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.
Mencionado
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ELVIN MANUEL DE JESÚS MEDINAIncluido entre los medios a favor de los cuales se aprueba el procedimiento de selección directa; esta acta no consigna oferta ni adjudicación.