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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

CONSTRUCCIÓN 240 NICHOS EN EL CEMENTERIO SAN MARCOS, MUNICIPIO SAN FELIPE DE PUERTO PLATA · Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata

Publicado el 11 may de 2026Fechado el 5 abr de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMPP-DAF-CM-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 6 de abril de 2026, establece las condiciones para construir 240 nichos y fija un presupuesto base de RD$7,337,459.13, con ofertas previstas para el 18 de mayo y un plazo de ejecución de seis meses. Incluye requisitos técnicos y financieros, reglas de evaluación y condiciones contractuales; varias cláusulas remiten al régimen anterior y otras difieren de exigencias de la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego identifica como aplicable el régimen legal anterior

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego incluye la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23 en su orden de prelación, aunque la convocatoria fue el 11 de mayo de 2026, después de la entrada en vigencia del nuevo régimen. Esta discrepancia puede generar incertidumbre sobre qué reglas rigen la evaluación y la adjudicación.

“3) Ley núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras y sus modificaciones, del 18 de agosto de 2006 … 5) Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 340-06, aprobado mediante Decreto núm. 416-23 del 14 de septiembre”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Ley 47-25, art. 245 · Reglamento 52-26, art. 249 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública

Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…

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Ley 47-25, artículo 245 — Transición

Artículo 245.- Transición. Los procedimientos de contratación iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ley, así como la celebración y ejecución de sus contratos, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.

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Reglamento 52-26, artículo 249 — Aplicación del reglamento

Artículo 249.- Aplicación del reglamento. Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son aplicables únicamente a los procedimientos de contratación que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25, de Contrataciones Públicas. Párrafo I. Sin perjuicio de la vigencia plena y obligatoria de los principios, derechos, obligaciones y requisitos sustantivos establecidos en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, la implementación operativa de los nuevos procedimientos de contratación puede realizarse de manera progresiva, limitada exclusivamente a su incorporación y funcionamiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo II. En…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego exige garantía de seriedad a oferentes MIPYME

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige una garantía de seriedad y prevé que a las MIPYMES se les exija una fianza de seguro, por lo que no las exime de presentarla. La Ley 47-25 establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para las MIPYMES, lo que hace necesario revisar cuál regla se aplicaría.

“los(as) oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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A revisarHallazgo en documentos

Se exigen estados financieros de 2022 y 2023 en un proceso de 2026

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

La tabla financiera identifica como ejercicios exigidos 2022 y 2023, aunque la convocatoria es de 2026; el propio pliego también los denomina los dos últimos ejercicios consecutivos. Debe verificarse si ese período permite acreditar de manera actual y proporcional la solvencia requerida para la obra.

“Estados Financieros de los dos (2) últimos ejercicios contables consecutivos, años 2022 y 2023, certificados por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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A revisarHallazgo en documentos

El cronograma sitúa la evaluación económica junto a la técnica

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El cronograma programa para la misma fecha y hora la apertura, verificación y evaluación de las ofertas técnicas y económicas. La Ley 47-25 dispone que las ofertas económicas se conozcan en una fecha distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las técnicas, lo que plantea un riesgo para la separación de etapas y la confidencialidad.

“Apertura, verificación, validación y evaluación del contenido de las Ofertas Técnicas “Sobre A” Y Oferta económica sobre B 18/5/2026 a partir de las 11:00 AM”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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Anticipo previsto para MIPYMES por debajo del porcentaje legal

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego prevé un anticipo del 20% también para el adjudicatario MIPYME. La Ley 47-25 establece un anticipo del 30% en todas las contrataciones con MIPYMES; la diferencia afecta las condiciones financieras previstas para esos proveedores.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (20%)8.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Permite subcontratar hasta el 50% sin limitarlo a subcontratistas MIPYME

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego permite subcontratar hasta el 50% del monto sin condicionar ese máximo a que las subcontratistas sean MIPYMES. La Ley 47-25 fija un máximo general del 45% y permite llegar al 50% de manera especial cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES.

“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con el numeral 2) del artíc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES

Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).

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A revisarHallazgo en documentos

Umbrales financieros con instrucciones contradictorias

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

La regla para el índice de endeudamiento combina criterios de aprobación y rechazo con operadores invertidos, lo que no permite determinar con claridad qué resultado cumple. La ambigüedad en un criterio de habilitación financiera puede producir evaluaciones inconsistentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Otros documentos del proceso (11)

  • CERTIFICACION DE FONDO.pdfCertificación de fondos · 21 abr de 2026
  • SOLICITUD NICHO.pdfSolicitud de compra · 21 abr de 2026
  • FICHA TECNICA NICHOS SAN MARCOS.docx.pdfPliego · 21 abr de 2026 · 1 señal
  • Dimensionado nichos san marcos.pdfDocumento · 21 abr de 2026
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  • VOLUMETRIA NICHOS SAN MARCOS 2024.xlsxDocumento · 21 abr de 2026
  • FORMULARIOS.rarDocumento · 11 may de 2026
  • ACTO DE INICIALIZACION.pdfInforme pericial · 11 may de 2026 · 2 señales
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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