El Aviso de Enmienda No. 001, fechado el 8 de mayo de 2026, modifica el cronograma de entrega de las 500 lámparas solares LED de 130 W y actualiza requisitos de disponibilidad en almacén y acreditación de equipos. Establece la entrega de 350 unidades dentro de diez días desde la firma y de las 150 restantes dentro de diez días desde que finalice la instalación de las primeras 350. También incorpora como criterio de evaluación la documentación de los equipos del oferente, admitiendo equipos alquilados con cotización y compromiso de alquiler subsanables.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Para equipos alquilados, la cotización y la carta de compromiso son subsanables y no acreditan por sí solas que el alquiler esté formalizado o que el equipo esté efectivamente disponible..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El aviso fija el plazo de las últimas 150 lámparas en función de que termine la instalación de las primeras 350, pero no establece aquí un plazo máximo para completar esa instalación. En una contratación vinculada a una emergencia, esa dependencia deja sin límite expreso el momento de entrega de la última parte.
“LÁMPARAS SOLARES LED 130 WATTS | 150 | Disponibilidad de entrega del 30% restante, no mayor a diez (10) días contados a partir de finalizada la instalación del 70%.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Sección I, numeral 6: Entregables/CronogramaEntrega escalonada de las luminarias
Según el resumen del pliego, disponibilidad total de entrega en un plazo no mayor de diez días.
350 unidades dentro de diez días desde la firma; las 150 restantes, dentro de diez días desde que finalice la instalación del primer 70%.
Relaja
Sección I, numeral 10.1.2, requisito 8Disponibilidad de lámparas en almacén
El aviso no reproduce el texto previo del requisito.
Exige disponibilidad en almacén del 70% de las lámparas del lote, comprobable mediante visita de los peritos.
Endurece
Sección I, numeral 10.1.2, requisitos 8 y 25; numeral 11.1.2Acreditación y evaluación de equipos
El aviso no reproduce el texto previo del requisito ni del criterio de evaluación.
Admite matrículas, facturas o carta de propiedad; para equipos alquilados, cotización y carta de compromiso de alquiler, subsanables. Añade evaluación cumple/no cumple de equipos especificados.
RelajaQuita un control: Para equipos alquilados, la cotización y la carta de compromiso son subsanables y no acreditan por sí solas que el alquiler esté formalizado o que el equipo esté efectivamente disponible.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona