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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

INFORME JUSTIFICATIVO REUNION IIMV-SIMV CCP VF.pdf

Contratación de servicios de instalaciones hoteleras y gestión de eventos para la realización de la "Reunión del Consejo de Autoridades del Instituto Iberoamericano del Mercado de Valores IIMV-SIMV". · Superintendencia de Valores

Publicado el 8 may de 2026Fechado el 12 abr de 20264 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIV-CCC-PEPU-2026-0003

Lo que dice

El informe justificativo, fechado el 13 de abril de 2026, recomienda contratar a El Palmar Business Group, Corp. (Hotel Intercontinental Real Santo Domingo) mediante la excepción de proveedor único para la reunión prevista del 14 al 16 de julio de 2026. Describe las características del hotel y recomienda al Comité de Contrataciones Públicas tramitar la excepción, pero no consigna adjudicación ni monto en este informe.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

La justificación no acredita por sí sola la condición de proveedor único

Documento del 8 may 2026 · hace 6 meses

El informe fundamenta la recomendación en características y ventajas del hotel y compara su propuesta con otras alternativas, pero no demuestra que solo ese proveedor pueda suministrar los servicios ni identifica derechos exclusivos o la ausencia de sustitutos razonables. Conviene verificar el análisis de mercado que sustenta la excepción; el informe justificativo podría no incluir evidencia incorporada en otra pieza del expediente.

“La propuesta del Hotel Intercontinental Real Santo Domingo presenta una relación costo-calidad favorable en comparación con otras alternativas que no brindan las mismas facilidades técnicas, condiciones de seguridad o estándares de servicio” (pág. 3)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
El Palmar Business Group, Corp.El informe recomienda seleccionarlo mediante la excepción de proveedor único; no consigna adjudicación.Mencionado——

Otros documentos del proceso (10)

  • FORMULARIOS.zipDocumento · 8 may de 2026
  • solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 8 may de 2026 · 1 señal
  • Acta 72 designación de peritos reunión IIMV.pdfInforme pericial · 8 may de 2026 · 1 señal
  • Acta 75 de inicio reunión IIMV FD.pdfActa · 8 may de 2026 · 1 señal
  • certificación de fondos FD.pdfCertificación de fondos · 8 may de 2026
  • Especificaciones Técnicas Reunión IIMV.pdfPliego · 8 may de 2026 · 5 señales
  • Estudio Previo Reunión IIMV-SIMV 2026 FD.pdfEstudio previo · 8 may de 2026 · 2 señales
  • Invitación.pdfDocumento · 8 may de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 8 may de 2026
  • Acta Suspensión Monitoreo-05-2026.pdfActa · 14 may de 2026 · 1 señal

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →