Actividad principal DGII distinta del objeto estatutario
· hace 5 meses
Los estatutos establecen como objeto principal la reparación de vehículos diésel y otros vehículos pesados, mientras que la actividad principal registrada en DGII consultada el 2026-09-27 figura como venta al por mayor de partes, piezas y accesorios de vehículos. La diferencia no demuestra cuál era la actividad registrada al ofertar y el objeto estatutario comprende servicios de reparación; conviene verificar la actividad económica vigente durante el proceso y su correspondencia con el servicio contratado.
“La sociedad tiene como objeto social principal REPARACION DE VEHICULOS DIESEL, MONTACARGAS, PLANTAS ELECTRICAS, MOTORES MARINOS Y TODA CLASE DE VEHICULOS PESADOS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
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