Ventana reducida para cotizar tras la enmienda
· hace 5 meses
Según el cronograma del portal, la enmienda se registró el 6 de mayo y el cierre de ofertas fue el 7 de mayo de 2026. Ese intervalo breve amerita verificar la hora efectiva de publicación y el plazo restante para que los oferentes incorporaran el costo; el documento no permite determinar si la modificación se produjo después del 75 % del plazo de presentación, supuesto en que la ley exige extenderlo proporcionalmente.
“El combustible necesario para la operación será provisto por el oferente adjudicado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →