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Pliego

5 Pliego de condiciones propiedades botas coyote CS 06 .pdf

ADQUISICIÓN DE BOTAS TIPO MILITAR, PARA EL PERSONAL DEL ERD. QUE PRESTA SERVICIO EN LA ZONA FRONTERIZA · Ejército de República Dominicana

Publicado el 2 may de 202635 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ERD-CCC-CP-2026-0006

Lo que dice

El pliego de mayo de 2026 establece la adquisición de 987 pares de botas tipo militar, en lote único, por un valor referencial de RD$6,051,573.36, mediante contratación simplificada. Fija la recepción de ofertas para el 13 de mayo y la adjudicación estimada para el 28 de mayo de 2026; el portal registra un contrato adjudicado a Vega & Asociados, SRL, por RD$6,048,079.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

Se exige al oferente financiar a la institución por al menos 60 días

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige una carta comprometiendo crédito mínimo de 60 días después de la entrega y depósito de la factura, aunque también prevé el pago dentro de 30 días hábiles. La exigencia puede restringir la participación de proveedores con menor capacidad de financiar ese período y conviene aclarar cómo se concilia con el plazo de pago indicado.

“Carta firmada y sellada en la cual el oferente manifieste que otorga un crédito mínimo de 60 días después de entregados los artículos solicitados y depositada la factura correspondiente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

Umbrales financieros redactados con desigualdades contradictorias

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

La tabla de evaluación presenta signos incompatibles con los límites descritos: por ejemplo, para el endeudamiento indica simultáneamente «Menor o igual que > 1.50» como cumplimiento y «Mayor que < 1.50» como incumplimiento. Esa redacción no permite identificar con certeza el umbral aplicable y puede afectar la evaluación de habilitación.

“Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

El cronograma no consigna la publicación en periódicos

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

El cronograma identifica como medios de publicación el SECP y el portal institucional, pero la Ley establece también la publicación en periódicos impresos de circulación nacional durante dos días consecutivos. Conviene verificar si se realizó esa publicación adicional.

“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

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A revisarHallazgo en documentos

El plazo previsto para suscribir el contrato excede el máximo legal

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

El pliego permite hasta 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, frente al máximo de 10 días hábiles fijado por la Ley. La diferencia puede prolongar la formalización contractual.

“El contrato entre el Ejército de República Dominicana y el adjudicatario deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a 20 días hábiles contados d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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A revisarHallazgo en documentos

Se fija un plazo de devolución de garantías superior al reglamentario

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

El pliego concede hasta 20 días hábiles para devolver la garantía de seriedad; el Reglamento establece un máximo de 10 días hábiles. La diferencia prolonga el tiempo durante el cual los oferentes mantienen esos fondos o instrumentos comprometidos.

“Las garantías de mantenimiento y seriedad de las ofertas presentadas por los oferentes serán devueltas en plazo no mayor de 20 días hábiles contados de la manera siguiente:”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 219 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 219 — Devolución de las garantías

Artículo 219.- Devolución de las garantías. Las garantías son devueltas a los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, según las particularidades siguientes: 1. En la garantía de mantenimiento de·la oferta a: a) aquellos cuya propuesta técnica fue descalificada, le es devuelta una vez emitido el acto administrativo de descalificación; b) a aquellos que no fueron adjudicados, le es devuelta una vez emitido el acto de adjudicación; c) a los adjudicatarios del procedimiento, le es devuelta una vez presentada la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 2. La garantía de fiel cumplimiento es devuelta luego de la recepción conforme de los…

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El pliego permite subcontratar hasta 50% sin limitarlo a MIPYMES

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

La cláusula permite subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas sin condicionar ese máximo a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La Ley limita con carácter general la subcontratación al 45% y permite hasta 50% cuando las subcontratadas sean MIPYMES.

“El contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con la Ley núm. 47-25.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo reducido y carga de prueba para excluir por debida diligencia

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

El pliego da tres días hábiles para responder indicios y dispone la descalificación si el oferente no demuestra su inexactitud. El Reglamento establece cinco días hábiles para presentar defensa en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; corresponde verificar cómo se aplicaría ese plazo y qué prueba sustenta la exclusión.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipu”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · Ley 47-25, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

ContextoHallazgo en documentos

Declaración sobre litigios y antecedentes como requisitos de oferta

Documento del 2 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige una declaración de que la empresa no tiene procesos legales o litigios pendientes y una certificación de no antecedentes penales del representante. Conviene verificar su relación y proporcionalidad respecto de la capacidad e idoneidad necesarias para suministrar las botas, pues son condiciones de elegibilidad adicionales al objeto contractual.

“9. Certificación de no antecedentes penales del agente autorizado a firmar o representante legal. 10. Declaración Jurada notariada, en donde se haga constar que la empresa no se encuentra en procesos legales o litigios judiciales pendientes”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Oferentes que registra (2)

1 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Universal Ordenance, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación ni resultado.MencionadoLote único—
Vega & Asociados, SRLEl portal registra un contrato cerrado y confirmado por RD$6,048,079; este pliego no consigna la decisión de adjudicación.AdjudicadoLote únicoRD$6,048,079

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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