La Enmienda núm. 1, fechada el 1 de mayo de 2026 para el proceso DIGEIG-CCC-CP-2026-0002, modifica las especificaciones técnicas, el cronograma, las reglas de vigencia de las ofertas y la metodología de evaluación. Reduce la duración del servicio de un año a seis meses desde el registro del contrato, agrega una experiencia mínima de dos años y reorganiza la puntuación de la visita técnica y la degustación. También extiende la vigencia indicada para la garantía de seriedad y establece la prórroga automática de las ofertas si el oferente no comunica oportunamente que no desea renovarlas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
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La oferta se considera prorrogada automáticamente salvo que el oferente comunique que no desea renovarla, mientras que la Ley prevé que la institución solicite una prórroga y que el oferente pueda rechazarla. Además, el documento fija la garantía hasta 60 días después de la firma prevista y, a la vez, del 11 de mayo al 11 de julio; con firma prevista para el 8 de junio, esos plazos no coinciden.
“Si no manifiesta en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con antelación mínima de diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por el mismo plazo original o el que fije l”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas
Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…
El documento exige garantía de seriedad a los oferentes y limita a una fianza de seguro la garantía de los oferentes certificados como MIPYME. La Ley núm. 47-25 dispone que a las MIPYMES no se les requiere garantía de seriedad de oferta; la condición puede restringir su participación.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta sesenta (60) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato y que cumpla con las siguientes”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
La enmienda incorpora una experiencia mínima de dos años en servicios de “magnitudes similares” y señala como prueba una carta de satisfacción del cliente, pero no precisa cómo se determina la similitud. Conviene revisar que la aplicación de este requisito sea objetiva y proporcional al servicio contratado.
“Experiencia: Se debe contar con una experiencia mínima de dos (02) años en servicios de magnitudes similares que puedan ser demostradas mediante la presentación de Carta de Satisfacción del Cliente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones técnicas, punto 5Inicio y duración de la ejecución
El servicio iniciaba inmediatamente desde la recepción de la orden de servicios o contrato y duraba un año.
El inicio queda condicionado a formalizar y registrar el contrato ante la Contraloría; el servicio dura seis meses desde el registro.
Neutral
Especificaciones técnicas, punto 6Cronograma de subsanación y visita técnica
La subsanación figuraba para el 14/05/2026 a las 9:00 y la visita técnica para el 14/05/2026 a las 12:00 y el 15/05/2026 a las 10:00.
La subsanación figura para el 15/05/2026 a las 9:00 y la visita técnica para el 18/05/2026 a las 10:00.
Neutral
Especificaciones técnicas, punto 9Vigencia de ofertas y garantía de seriedad
La oferta debía mantenerse por 30 días hábiles desde la apertura económica; la garantía se describía con vigencia hasta 20 días después de la firma prevista y también con vigencia de hasta 30 días hábiles desde la apertura económica.
La oferta debe mantenerse 30 días desde el 11/05 hasta el 11/06 y se prorroga automáticamente si no se comunica lo contrario con diez días hábiles de antelación. La garantía debe cubrir hasta 60 días después de la firma prevista y se fija también del 11/05 al 11/07.
Endurece
Especificaciones técnicas, punto 10Requisitos de evaluación y experiencia
La evaluación técnica se describía por documentación legal, financiera y técnica bajo cumple/no cumple, junto con visita y degustación; no se indicaba aquí una experiencia mínima de dos años.
Se explicitan elegibilidad, situación financiera, capacidad técnica y experiencia mínima de dos años en servicios de magnitudes similares, demostrada mediante carta de satisfacción del cliente.
Endurece
Especificaciones técnicas, punto 10.1.2Puntuación de la degustación
Se indicaban cuatro aspectos, con seis o cero puntos cada uno y una puntuación máxima declarada de 30.
Se enumeran diez aspectos de evaluación de la degustación, con tres puntos de valor cada uno, para un total de 30 puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona