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Pliego

Pliegos de condiciones almuerzo_0001.pdf

“Contratación de una empresa para suministrar los servicios de almuerzo para el personal que labora en La Sede Central y Las Regionales de la DIGEIG.” · Dirección nacional de Ética e Integridad Gubernamental

Publicado el 28 abr de 202644 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DIGEIG-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

El pliego del proceso DIGEIG-CCC-CP-2026-0002 establece las condiciones para contratar servicios de almuerzo en la sede central y las regionales, con ofertas hasta el 11 de mayo de 2026 y adjudicación al menor precio entre las ofertas habilitadas. El portal registra un monto estimado de RD$5,629,848 y modalidad de Comparación de Precios; el documento presenta reglas de evaluación y ejecución, además de inconsistencias sobre cantidades, puntuación y plazo de pago que ameritan revisión.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Puntuación de degustación no aritméticamente definida

Documento del 28 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego afirma que se evalúan cuatro aspectos con seis o cero puntos cada uno y fija un máximo de 30 puntos; esa regla no permite reconstruir cómo se obtiene el máximo y hace incierta la comparación de las degustaciones. La metodología debe aclararse para que los oferentes conozcan anticipadamente la valoración aplicable.

“Se evaluarán cuatro (4) aspectos importantes, los cuales tendrán una puntuación de seis (6) y cero (0) puntos cada uno, siendo treinta (30) la puntuación máxima.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 115 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 115 — Metodología de evaluación

Artículo 115.- Metodología de evaluación. Las ofertas pueden ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología es necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como del puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio de proximidad geográfica en la evaluación técnica

Documento del 28 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego incluye como criterio de visita técnica que las instalaciones estén en un radio de 10 km de la entidad contratante, aunque el servicio comprende también regionales. No explica cómo se aplica ese radio a las distintas sedes ni su necesidad operativa; puede dar ventaja evaluativa a proveedores con instalaciones próximas a la sede central.

“Instalaciones localizadas en un radio de 10 kms. de la entidad contratante”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

A revisarHallazgo en documentos

Cantidades y períodos de consumo contradictorios

Documento del 28 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego presenta una programación regional para mayo-octubre de 2026 y, en otra sección, cifras diferentes para octubre de 2025-febrero de 2026, junto con otra proyección diaria para la sede. La discrepancia y la nota de corroboración dificultan determinar las cantidades y períodos que debían cotizarse y verificarse.

“Los servicios de alimentación para el personal de la Regional Este y Norte, a razón de 140 almuerzos correspondiente al mes de mayo 2026, 147 almuerzos correspondientes al mes de junio 2026, 161 almuerzos correspondientes al mes de julio 20”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Plazos de pago contradictorios y referencia a 45 días

Documento del 28 abr 2026 · hace 5 meses

Una sección establece crédito a 45 días desde la recepción de las facturas y otra fija pagos en un máximo de 20 días desde su remisión. Además de ser contradictorias, las condiciones deben precisarse, pues la Ley fija un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición contractual de pago y se presenta el requerimiento.

“Disponibilidad de crédito a 45 días, después de recibir las facturas a través de los mecanismos institucionales. … Estos pagos se harán en un período no mayor de 20 de días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o respon”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Otros documentos del proceso (16)

  • Solicitud No.18 almuerzo_0001.pdfSolicitud de compra · 22 abr de 2026 · 1 señal
  • Pliegos de condiciones almuerzo_0001.pdfPliego · 28 abr de 2026 · 2 señales
  • Invitacion a presentar oferta_0001.pdfDocumento · 28 abr de 2026
  • Acta de inicio almuerzo_0001.pdfPliego · 28 abr de 2026 · 1 señal
  • SNCC.F.034_-_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 28 abr de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 28 abr de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 28 abr de 2026
  • Acta de inicio almuerzo_0001.pdfInforme pericial · 28 abr de 2026
  • Enmienda No.1.pdfEnmienda · 1 may de 2026 · 3 señales
  • Acta de adjudicación almuerzo_0001.pdfActa de adjudicación · 27 may de 2026 · 4 señales
  • Acta de adjudicación almuerzo_0001.pdfActa de adjudicación · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Acta notarial almuerzo.pdf
Acta · —
  • Certificacion de contrato.pdfContrato · —
  • contrato a fuego lento 2026 reutil.pdfContrato · —
  • Informe de evalucion_0001.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —