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Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta OGTIC-CCC-2026-19

ACTA_D~1.PDF

ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL PARA EL CEIA-RD DIRIGIDO A PYMES · Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y la Comunicación (OGTIC)

Publicado el 30 abr de 2026Fechado el 16 abr de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso OGTIC-CCC-SI-2026-0002

Lo que dice

El Acta OGTIC-CCC-2026-19, de fecha 2026-04-17, aprueba el procedimiento de contratación simplificada para adquirir equipos tecnológicos destinados al CEIA-RD y apodera a la Unidad de Compras y Contrataciones para continuar el proceso. También designa cuatro peritos; el acta no indica el monto estimado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$41.4 millones

Autorización de modalidad distinta a la registrada para el proceso

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El acta del 17 de abril aprueba contratación simplificada para la adquisición de equipos del CEIA-RD, mientras que el portal registra para el proceso OGTIC-CCC-SI-2026-0002, convocado el 30 de abril, la modalidad de subasta inversa y un estimado de RD$41,435,890. La contratación simplificada para bienes tiene un tope de RD$6,436,757.50 desde el 1 de abril de 2026; la diferencia entre la aprobación inicial y la modalidad publicada amerita verificar la secuencia y la trazabilidad de las decisiones, aunque el procedimiento posterior pudo haber sido corregido o sustituido.

“APROBAR, como el efecto APRUEBA, el procedimiento de Contratación Simplificada para la “SOLICITUD DE ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS PARA EL CENTRO DE EXCELENCIA EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL RD (CEIA-RD)””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 65 · Reglamento 52-26, art. 144 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía

Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 65 — Contratación simplificada

Artículo 65.- Contratación simplificada. La contratación simplificada es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni estandarizados, así como obras no complejas y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda el umbral establecido.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 144 — Contratación simplificada

Artículo 144.- Contratación simplificada. De conformidad con lo previsto en la Ley núm. 47-25, el procedimiento de contratación simplificada solo puede usarse cuando el valor estimado de la contratación no supere el umbral aplicable y en alguno de los siguientes casos: 1. Bienes o servicios comunes y estandarizados. 2. Bienes o servicios no comunes ni estandarizados, incluyendo servicios profesionales o de consultoría. 3. Obras no complejas. 4. Reparaciones menores. Párrafo. En la aprobación de la modalidad de procedimiento, el Comité de Contrataciones Públicas debe justificar la procedencia de la contratación simplificada en atención a lo previsto en la Ley núm. 47-25 y en el presente…

Texto oficial completo

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Designación de cuatro peritos, número par

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El acta designa cuatro peritos: uno financiero, uno legal y dos técnicos. La ley y el reglamento disponen designar como mínimo tres y procurar que el total sea impar; corresponde verificar si la integración se ajustó a esa pauta antes de la evaluación.

“DESIGNAR, como al efecto DESIGNA, a la Comisión de Peritos Técnicos del presente procedimiento integrado por: a) Abril Almonte, perito financiero; b) Yoobanna Espaillat Villafaña, perito legal; c) Francisco José Reinoso Sánchez y César Omar”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

Otros documentos del proceso (4)

  • 0_Solicitud_Compra_Equipos_CEIA-RD.pdfSolicitud de compra · 30 abr de 2026
  • Pliego_SI-0002 FIRMADO.pdfPliego · 30 abr de 2026 · 6 señales
  • Pliegode Condiciones Equipos Tec.CEIARD signed.pdfPliego · 30 abr de 2026
  • Acta de cancelacion de proceso SI 0002.pdfActa · 8 may de 2026 · 10 señales

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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