miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

SRSN.D.07 PLIEGO DE CONDICIONES CP-0007.pdf

MOBILIARIOS DE OFICINA PARA DISTINTOS CENTROS DEL SRSCN I · SERVICIO REGIONAL DE SALUD CIBAO NORTE

Publicado el 30 abr de 202643 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SRSNORC-CCC-CP-2026-0007

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la contratación simplificada SRSNORC-CCC-CP-2026-0007 para adquirir mobiliario de oficina: ocho tipos de bienes y 720 unidades, con recepción de ofertas prevista para el 12 de mayo de 2026. Según el portal, el monto estimado es RD$5,425,000 y la convocatoria fue publicada el 30 de abril de 2026. El documento prevé adjudicación por ítems y contiene cláusulas de pago, garantías, formalización contractual y recursos que merecen revisión frente al marco aplicable.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

Prevé hasta 20 días hábiles para suscribir el contrato

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego permite suscribir el contrato dentro de un plazo de hasta 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. La Ley establece un máximo de 10 días hábiles, por lo que la regla del pliego prolonga el plazo de formalización previsto legalmente.

“No obstante, a ello, deberán suscribirse en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la fecha de Notificación de la Adjudicación.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija el pago a 90 días

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego establece crédito a 90 días desde el despacho y la recepción satisfactoria. La Ley fija un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, lo que puede postergar el flujo de fondos al proveedor.

“Las condiciones de pago establecidas, crédito con plazo a Noventa (90) días luego de haber sido realizado el despacho de los bienes y la recepción satisfactoria de los mismos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Exige garantía de seriedad también a MIPYMES

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego exige a los oferentes una garantía de seriedad del 1% y contempla el rechazo por omisión o insuficiencia, sin exceptuar a las MIPYMES. La Ley establece que no se requiere esa garantía para las contrataciones con MIPYMES, por lo que la exigencia puede imponerles una carga de participación no aplicable.

“Correspondiente al uno por ciento (1%) del monto total de la Oferta. PÁRRAFO I. La Garantía de Seriedad de la Oferta será de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro de la Oferta Económica.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La garantía de fiel cumplimiento queda limitada a 90 días

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego limita la vigencia de la garantía a 90 días desde su constitución hasta el cumplimiento. El Reglamento dispone que debe mantenerse vigente hasta la liquidación; el límite fijado podría dejar sin cobertura el período posterior al cumplimiento y previo a la liquidación.

“La vigencia de la garantía será de noventa (90) días calendario contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Se reserva modificar unilateralmente el cronograma de entrega

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego se reserva la modificación unilateral del cronograma cuando la institución lo considere oportuno, sin precisar causas, límites ni procedimiento en esta cláusula. La Ley sujeta las prórrogas y modificaciones a condiciones y límites, por lo que conviene verificar cómo se aplicaría este poder durante la ejecución.

“La Entidad Contratante, como órgano de ejecución del Contrato se reserva el derecho de modificar de manera unilateral el Cronograma, conforme entienda oportuno a los intereses de la institución.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 146 · Ley 47-25, art. 149 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 146 — Prórrogas

Artículo 146.- Prórrogas. El plazo de inicio de ejecución, prestaciones, entregas y conclusión de los contratos podrá prorrogarse de manera previa a su vencimiento, siempre que no supere el setenta por ciento (70%) del plazo originalmente convenido, se asegure el mantenimiento de su equilibrio económico-financiero y con ello no se violen normas presupuestarias ni se afecte el interés público; estas prórrogas están condicionadas a los motivos siguientes: 1) Hecho excepcional o imprevisible, ajeno a la voluntad de las partes, que altere fundamentalmente las condiciones de ejecución del contrato; 2) Interrupción de la ejecución del contrato o disminución del ritmo de trabajo en interés de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 149 — Modificación de los contratos

Artículo 149.- Modificación de los contratos. Los contratos podrán ser modificados unilateralmente o de mutuo acuerdo, cuando existan razones de interés público y bajo la forma y condiciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones, bajo las siguientes circunstancias mínimas: 1) Que la posibilidad de la modificación haya sido prevista en los pliegos de condiciones de manera clara, precisa e inequívoca en cuanto a su alcance, naturaleza, límites y condiciones de aplicación; 2) Que la modificación sea decidida de manera unilateral por la institución contratante, en atención a razones de interés general vinculadas con el objeto de la…

A revisarHallazgo en documentos

El régimen de recursos difiere de los plazos legales

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego computa el plazo para recurrir desde el hecho impugnado o desde cuando razonablemente debió conocerse, y fija plazos en días calendario para respuestas y decisión. La Ley computa la reconsideración desde la eficacia del acto y establece plazos en días hábiles; conviene verificar que las instrucciones del pliego no afecten el acceso y cómputo de los recursos.

“El recurrente presentará la impugnación ante la Entidad Contratante en un plazo no mayor de Diez (10) días hábiles a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 205 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración

Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 207 — Recurso jerárquico impropio

A revisarHallazgo en documentos

Ordena descalificar sin trámite por moneda distinta en la garantía

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego dispone la descalificación automática de una garantía presentada en moneda distinta a la oferta. El Reglamento permite requerir la corrección de ese error dentro de un plazo de subsanación, por lo que la exclusión automática elimina esa posibilidad de corrección.

“Cualquier garantía presentada en una moneda diferente a la presentada en la Oferta será descalificada sin más trámite.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 204 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 204 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 204.- Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta contiene errores materiales o se encuentra emitida en una moneda distinta a la solicitada, puede requerirse al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento especificado en el pliego de condiciones, sin que el plazo pueda ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. Párrafo. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentos

La interpretación de cláusulas ambiguas favorece a la institución

Documento del 30 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego dispone que las cláusulas ambiguas se interpreten en el sentido más favorable a la entidad contratante. Esta regla unilateral puede afectar la previsibilidad de las obligaciones y la igualdad de trato entre las partes; conviene revisar su aplicación ante eventuales controversias sobre el alcance del pliego o del contrato.

“Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Entidad Contratante, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (35)

  • Autorizacion Proceso CP-0007.pdfPliego · 30 abr de 2026
  • Certificacion de Apropiacion Presupuestaria CP-0007.pdfCertificación de fondos · 30 abr de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 30 abr de 2026
  • Dictamen juridico del pliego de condiciones.pdfPliego · 30 abr de 2026
  • Ficha tecnica Proceso CP-0007.pdfPliego · 30 abr de 2026 · 4 señales
  • Requisicion.pdfDocumento · 30 abr de 2026
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 30 abr de 2026 · 1 señal
  • Ficha tecnica Proceso CP-0007.pdfPliego · 30 abr de 2026 · 2 señales
  • SNCC F 033-FORMULARIO OFERTA ECONOMICA.docxDocumento · 30 abr de 2026
  • SNCC_F034_Formulario de Presentacion de Oferta.docxDocumento · 30 abr de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 30 abr de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
contrato ejecucion de bienes.docx
Contrato · 30 abr de 2026
  • Acta de comite Proceso CP-0007.pdfActa · 30 abr de 2026 · 2 señales
  • Acta de comite Proceso CP-0007.pdfInforme pericial · 30 abr de 2026 · 1 señal
  • Ficha tecnica Proceso CP-0007.pdfPliego · 5 may de 2026
  • Acta Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 28 may de 2026 · 1 señal
  • Acta Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de apertura ofertas economicas.pdfActa · —
  • Acta de apertura ofertas economicas.pdfActa · —
  • Acta de apertura ofertas economicas.pdfActa · —
  • Compulsa Acta Apertura Oferta Economica.pdfActa · —
  • Contrato Flow CP-0007.pdfContrato · —
  • Contrato Global Tools Registrado.pdfContrato · —
  • Contrato muebles y equipos Leon CP-0007.pdfContrato · —
  • Cuota a Comprometer Flow.pdfDocumento · —
  • Cuota a Comprometer Global Tools.pdfDocumento · —
  • Cuota a Comprometer Muebles y Equipos para Oficina Leon.pdfDocumento · —
  • Informe de Evaluacion Economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de Evaluacion Economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de Evaluacion Economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de Evaluacion Economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de Evaluacion Economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —