El Acto Administrativo núm. FRDV-ADJ-009-2026 adjudica el lote único del proceso FIDEICOMISO-CCC-LPN-2025-0012 al Consorcio Autopista Las Américas, S.R.L., por RD$2,228,400,000.00, con 95.00 puntos; Ingeniería Estrella, S.A. quedó habilitada con 85.99 puntos y una oferta de RD$2,229,098,782.75. El documento sitúa la reunión de aprobación el 16 de abril de 2026, pero el informe económico que dice aprobar está fechado el 21 de abril; además, consigna apertura económica el 13 de abril y aprobación del informe técnico final el 14 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra la reunión de aprobación el 16 de abril, aunque el informe económico que aprueba está fechado el 21 de abril. También consigna que la apertura económica fue el 13 de abril y que el informe técnico final se aprobó el 14 de abril; si las fechas consignadas son correctas, la secuencia no acredita que se hubiera completado y notificado la evaluación técnica antes de abrir las ofertas económicas.
““siendo las nueve horas y treinta minutos de la mañana (9:30 A.M.), del jueves dieciséis (16) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), se reunieron los miembros del Comité de Compras y Contrataciones” … “Informe de Evaluación Eco”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica RD$2,228,400,000.00 al Consorcio Autopista Las Américas y consigna la oferta de Ingeniería Estrella por RD$2,229,098,782.75; los datos del portal suministrados registran las ofertas de ambas empresas en RD$0 y como pendientes, aunque indican que el proceso fue adjudicado y celebrado. Podría tratarse de un desfase de actualización, pero conviene verificar la publicación y consistencia del expediente electrónico.
““ADJUDICAR, como al efecto ADJUDICA, acogiendo la recomendación de adjudicación de los peritos evaluadores, al oferente que se detalla a continuación” … “Dos Mil Millones Doscientos Veintiocho Mil Cuatrocientos pesos dominicanos con 00/100 ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 134 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 134 — Notificación de la adjudicación
Artículo 134. Notificación de la adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financieras, según corresponda, ordenará la notificación del acta de adjudicación, la cual deberá notificarse en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, con los resultados de la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, a todos los participantes y con ello la solicitud de presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato al adjudicatario. Párrafo. Las instituciones contratantes deberán publicar en el plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, en el SECP y en el portal web de la institución, los resultados de sus procesos de compra o contratación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona