El documento, fechado únicamente en abril de 2026, establece especificaciones para adquirir gasolina mediante tarjetas recargables para el Ministerio de Interior y Policía y sus dependencias, por RD$50,000,000. Exige, entre otros requisitos, una oferta técnica con validez mínima de un año, experiencia de dos años, licencia propia del MICM y una cantidad mínima de estaciones por zona; también requiere reportes e historial de consumo de las tarjetas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige que la oferta técnica mantenga validez por al menos un año desde su presentación. Por la duración y la volatilidad de los precios de combustibles, conviene verificar si ese plazo es proporcional al objeto y al período de ejecución previsto.
“Oferta Técnica, conforme a las especificaciones suministradas, firmada y sellada por el representante de la Sociedad, válida por un periodo mínimo de 1 (un) año, contados a partir de la presentación de oferta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego declara no subsanable el documento de oferta técnica en términos amplios. Conviene verificar que esa regla no impida subsanar documentos de acreditación de requisitos de calificación cuando el oferente cumplía el requisito al presentar su oferta, posibilidad prevista por la ley.
“1. Oferta Técnica, conforme a las especificaciones suministradas, firmada y sellada por el representante de la Sociedad, válida por un periodo mínimo de 1 (un) año, contados a partir de la presentación de oferta. (ESTE DOCUMENTO NO ES SUBSA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Para la adquisición descrita como gasolina mediante tarjetas, el documento exige acreditar cumplimiento de una norma para gasoil y otra para gasolina. La exigencia de la norma de gasoil podría no corresponder a este objeto y conviene verificar su pertinencia y el efecto que tendría en la habilitación de ofertas.
“4. Documentación que certifique el cumplimiento de las normas sectoriales relacionadas con: NORDOM 415 - Gasoil y NORDOM 476 - Gasolina sin Plomo.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona