La Enmienda No. 1, fechada el 29 de abril de 2026, modifica el criterio de desempate del proceso INEFI-CCC-CP-2026-0023. Establece una prelación basada en la contratación de personas con discapacidad, un plan de responsabilidad ambiental y el compromiso de subcontratar a una MIPYME u otro sector priorizado; si persiste el empate, dispone un sorteo. Exige que la documentación para aplicar esos criterios forme parte de la oferta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda está fechada el 29 de abril y el portal fija el cierre de ofertas para el 1 de mayo de 2026. La modificación se produce después del 75 % del plazo entre convocatoria y cierre; el portal no registra una extensión, aunque la regla exige extender el plazo proporcionalmente y permitir preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados.
“Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana 29 de abril de 2026 … La documentación correspondiente a los criterios de desempate deberá ser presentada por el oferente como parte de su oferta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Criterio de desempateOrden de prelación, medios de verificación y documentación para resolver empates
El contenido del criterio de desempate anterior no se reproduce en la enmienda.
Prioriza, en orden, la contratación de personas con discapacidad, un plan de responsabilidad ambiental y el compromiso de subcontratar a una MIPYME u otro sector priorizado; luego dispone sorteo. La documentación comprobatoria debe presentarse con la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona