El documento establece las condiciones de la licitación SIE-CCC-LPN-2026-0003 para adquirir combustible por RD$8,000,000: RD$1,000,000 para gasolina y RD$7,000,000 para gasoil, con entregas mensuales durante un año y ofertas por la totalidad de los ítems. Fija la convocatoria para el 1 de abril de 2026 y la recepción de ofertas hasta el 19 de mayo de 2026. Según el portal, el proceso figura actualmente como desierto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige estados financieros certificados de tres ejercicios consecutivos (2022-2024) y una referencia bancaria emitida como máximo 30 días antes. Dado el monto estimado, conviene verificar que la carga documental y los parámetros de solvencia asociados sean proporcionales al objeto y no limiten innecesariamente la participación; el documento no fija aquí umbrales financieros mínimos.
“Estado(s) Financiero(s) de los últimos tres (3) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) cierre de los años 2022,2023 y 2024, certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde se verificará lo siguiente:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego sitúa el perfeccionamiento después de la publicación y, para instituciones sujetas a la Ley 10-07, del registro en Contraloría. La Ley 47-25 establece que el contrato se perfecciona con su formalización; la condición adicional del pliego puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen los derechos y obligaciones contractuales.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional de la SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, adem”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona