El Acta núm. 43-1/2026, de 2026-04-23, aprueba por unanimidad la Enmienda I del proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0008. Fija la recepción de ofertas para el 2026-05-08 y modifica el cronograma, las reglas de subcontratación y los documentos estandarizados; establece que la falta de alguno de estos documentos no será por sí sola motivo de rechazo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la verificación documental de la identidad, la oferta técnica y económica, la experiencia y los compromisos declarados, al permitir evaluar sin los formularios estandarizados correspondientes..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El acta aprueba modificaciones al presupuesto base, al contenido de las ofertas y a la metodología y criterios de evaluación, pero el cronograma fija el cierre de consultas el 16 de abril, antes de la aprobación del acta del 23 de abril. El portal registra la última enmienda el 28 de abril; conviene verificar si, por el momento de publicación respecto del plazo para ofertar, se extendió el plazo y se permitió volver a formular preguntas sobre los cambios, como prevé la regla aplicable a modificaciones tardías.
““Hasta el jueves 16 abril del 2026, hasta las 12:00 m., por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP).” … “Se modifica el numeral 12.3, "Criterio de adjudicación", contenido en la página de la 99, del pliego de Condiciones Es”
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Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Cronograma de actividadesFechas de consultas, enmiendas, ofertas y etapas posteriores
Cronograma anterior del pliego; el acta no reproduce sus fechas.
Consultas hasta 2026-04-16; respuestas y enmiendas hasta 2026-04-28; ofertas hasta 2026-05-08; apertura técnica 2026-05-12; adjudicación 2026-06-12 y suscripción prevista para 2026-07-10.
Aclara
SubcontrataciónPorcentaje y condiciones para subcontratar
Redacción anterior del numeral 12 no reproducida en el acta.
Permite subcontratar hasta el 45%; hasta el 50% cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES, con autorización previa y expresa, identificación de subcontratistas y responsabilidad solidaria del contratista.
Aclara
Anexos y documentos estandarizadosConsecuencia de no presentar documentos estandarizados
El oferente debía presentar sus ofertas mediante los formularios y documentos estándar anexos al pliego.
La falta de presentación de alguno de esos documentos no será motivo de rechazo ni impedirá la evaluación de la oferta.
RelajaQuita un control: Debilita la verificación documental de la identidad, la oferta técnica y económica, la experiencia y los compromisos declarados, al permitir evaluar sin los formularios estandarizados correspondientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona