Los cargos de los peritos no identifican perfiles técnicos, financieros o legales
· hace 5 meses
Esta resolución designa tres evaluadores con cargos de auxiliar de compras y auxiliar administrativo, pero no identifica cuál asumiría el perfil técnico, financiero o legal requerido para la evaluación. En relación con la observación previa sobre perfiles no identificados en el acta de adjudicación, esta resolución aporta los cargos concretos de las personas designadas y amerita verificar sus competencias y la formalización de sus perfiles.
““Para este proceso se requiere la conformación de un COMITÉ DE EVALUACION DE LAS OFERTAS.” … “1.- Lic. Thiannanmen Rodríguez Auxiliar Dpto. de Compras y Contrataciones 2.- Sra. Damiana Morel Auxiliar de Compras 3.- Sra. Damaris Mojica Auxil”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…