El pliego establece las bases de la licitación pública nacional DGAP-CCC-LPN-2026-0006 para contratar por un año el suministro de alimentos y bebidas del comedor de empleados de la DGA; el portal registra un monto estimado de RD$99,987,500 y convocatoria del 23 de abril de 2026. Fija, entre otros requisitos, que las instalaciones operativas estén en el Distrito Nacional y dispone una evaluación técnica de hasta 80 puntos, con una degustación de 50 puntos y un mínimo de 70 para habilitar la oferta económica.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone que la garantía cubra veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también fija su vigencia hasta el 3 de septiembre de 2026, que coincide con la fecha estimada de firma. La contradicción deja incierto el período de cobertura requerido.
“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato … Con una vigencia hasta el 3/9/2026”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El pliego desestima las ofertas de proveedores cuyas instalaciones operativas no estén en el Distrito Nacional, aunque el servicio también comprende entregas en otras administraciones. La condición limita la participación por ubicación, en vez de especificar una capacidad logística verificable para cumplir las entregas.
“Las instalaciones operativas del oferente deben estar ubicadas dentro del Distrito Nacional, para garantizar el suministro a tiempo de las raciones en estado fresco para el consumo. En caso de que el oferente no cumpla con este requisito su”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego establece que la firma debe ocurrir más de diez días hábiles después de la notificación, mientras el artículo 134 fija un máximo de diez días hábiles. El cronograma ubica la notificación el 7 de agosto y la firma el 3 de septiembre de 2026, fechas que conviene revisar frente a ese máximo.
“El contrato entre la Dirección General de Aduanas y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual deberá ser mayor a diez (10) días hábiles, co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
La documentación legal exige la actividad comercial 90100000, pero la tabla de evaluación considera habilitante el código 90101800. La discrepancia puede afectar qué proveedores cumplen el requisito de registro y cómo se determina su elegibilidad.
“debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial -Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas) … debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial -Servicios de comida par”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
La degustación, evaluada por 25 empleados, representa 50 de los 80 puntos técnicos y valora aspectos sensoriales como sabor, presentación y temperatura. Aunque el pliego incluye descriptores de puntuación, la ponderación elevada y la falta de detalle sobre la selección y calibración de quienes puntúan hacen pertinente revisar la consistencia de la evaluación.
“Se solicitará una degustación en la cual participarán veinticinco (25) empleados, quienes deberán dar una puntuación de acuerdo con el puntaje en cada aspecto (0-10) (0-5) … 2- Degustación (50 puntos)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona