La Enmienda núm. AGN.CP.2026.0001-01, fechada el 21 de abril de 2026, aumenta de 600 a 1,000 las cantidades de libros de los lotes 3 y 4. También eleva la apropiación presupuestaria de RD$4,807,000 a RD$5,261,000 y corrige el valor referencial consignado en el pliego de RD$3,460,000 a RD$5,261,000; indica que el objeto del proceso no cambia.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda aumenta en 400 unidades cada uno de los lotes 3 y 4, un incremento de dos tercios por lote, siete días antes del cierre registrado para el 28 de abril. Aunque el documento sostiene que no cambia sustancialmente el proceso, el cambio de alcance puede afectar la preparación y comparabilidad de las ofertas; conviene verificar su efecto en la participación y si el plazo restante fue suficiente.
“Se aumentan las cantidades de libros en el lote 3y 4,las cantidades en ambos lotes era de 60O ahora la nueva cantidad es de 1000. Se aumenta la apropiación presupuestaria de RD$ 4,807,O00.00 a RD$5,261,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda consigna una apropiación previa de RD$4,807,000 y, por separado, un valor referencial anterior de RD$3,460,000, y corrige ambos a RD$5,261,000. El documento no explica la diferencia entre las dos cifras previas; corresponde verificar su conciliación con los estudios previos y la certificación presupuestaria.
“Se aumenta la apropiación presupuestaria de RD$ 4,807,O00.00 a RD$5,261,000.00 Se modifica (Numeral 4 Pag.8), que establece: "El valor referencial para esta compra asciende a TRES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona