El Acta núm. 2026-0087, de 2026-04-20, aprueba enmiendas y una adenda al pliego de la licitación PROMESECAL-CCC-LPN-2026-0002, convocada para arrendar diez montacargas durante doce meses y dirigida a MIPYMES. Entre otros cambios, fija una antigüedad máxima de quince años para los equipos, ajusta el inicio del servicio a la certificación del contrato, declara subsanable la certificación MIPYME y la declaración de oferta libre de colusión, precisa la adjudicación por menor precio y permite subcontratar hasta el 50% cuando las subcontratistas sean MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se amplía la antigüedad admisible, debilitando el límite de edad como control indirecto del estado y capacidad operativa de los equipos.; Se permite subsanar la declaración de integridad de la oferta, por lo que se flexibiliza el control documental de esa manifestación..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Sección I, punto 3: Descripción del ServicioAntigüedad máxima de los montacargas
El pliego previo contenía un requisito de antigüedad; esta acta no reproduce su límite numérico.
Los equipos no deben tener más de quince (15) años de fabricación.
RelajaQuita un control: Se amplía la antigüedad admisible, debilitando el límite de edad como control indirecto del estado y capacidad operativa de los equipos.
Sección I, punto 6 y Sección III, punto 6Inicio y duración del servicio
El servicio estaba previsto del 26 de junio de 2026 al 26 de junio de 2027, según el resumen del pliego previo.
El servicio inicia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la certificación del contrato por la Contraloría y dura doce meses; el plazo de entrega aceptado por el adjudicatario se convierte en plazo contractual si se ajusta al estimado institucional.
Neutral
Sección I, punto 11.2, documentación legal, numeral 12; punto 12.1.1Certificación de condición MIPYME
La certificación se requería «(Si aplica)».
Se exige certificación actualizada de condición MIPYME, verificable en línea y subsanable.
Aclara
Sección I, punto 11.2.5, oferta económica, numeral 2Declaración de oferta libre de colusión
Se requería la declaración jurada o certificación, sin indicar en esta cláusula que fuera subsanable.
Se mantiene el contenido de la declaración de oferta auténtica y de buena fe, y se especifica que es subsanable.
RelajaQuita un control: Se permite subsanar la declaración de integridad de la oferta, por lo que se flexibiliza el control documental de esa manifestación.
Sección I, punto 12.2.1Criterio de adjudicación
El criterio previo no se reproduce en esta acta.
Adjudicación por menor precio entre las ofertas que hayan cumplido técnicamente; si se presenta una sola oferta, puede adjudicarse si cumple técnica y económicamente.
Aclara
Sección III, punto 19Subcontratación entre MIPYMES
El punto 19 del pliego no contenía la regla específica incorporada por esta adenda.
Se permite subcontratar hasta el 50% cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona