Revisar posible solapamiento de contrataciones legales por RD$10 millones
· hace 5 meses
El informe fija en RD$10,000,000 los servicios legales programados en el POA y PAC, mientras este contrato se estima en RD$7,000,000. Según el portal, OPRET convocó el 3 de marzo de 2026 otro proceso de servicios de firma legal especializada por RD$3,000,000 para transformación institucional; la suma coincide con los RD$10,000,000 del plan y los objetos podrían relacionarse con la transición institucional. Conviene contrastar alcances y planificación; los datos disponibles no establecen que se trate de una división indebida y la diferencia de objetos podría justificar contrataciones separadas.
“Dentro del Plan Operativo Anual Institucional (POA) y el Plan Anual de Contrataciones (PAC), ambos correspondientes al año 2026, se encuentran programados los servicios de asistencia legal -código -, por la suma de diez millones de pesos do”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
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