La Enmienda No. 01 modifica el requisito de constancia de inscripción: además de la vía física, permite acreditarla digitalmente y solicitarla hasta el 22/04/2026 a las 14:00. También cambia la metodología indicada para evaluar las ofertas —puntaje para la técnica y cumple/no cumple para la económica— y corrige los presupuestos de los tres lotes, que suman RD$40,000,000.00. El documento no indica fecha de emisión; según el portal, la enmienda se registró el 21/04/2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra la enmienda el 21/04/2026 y el cierre de ofertas el 22/04/2026; no registra una extensión del plazo. La enmienda cambia la metodología de evaluación además de modificar la acreditación de inscripción, por lo que el corto margen para ajustar las ofertas y formular preguntas merece revisión. El artículo 104, párrafo II, dispone que las modificaciones posteriores al 75 % del plazo requieren extenderlo proporcionalmente y permitir nuevas preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados.
“Se MODIFICA el numeral correspondiente a la evaluación técnica, en el siguiente sentido: 1-DONDE DICE: "la metodología de la evaluación será combinada como reza en la página 26 numeral 1.3 Dice cumple/cumple y puntaje EN LO ADELANTE DICE: M”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ACTA DE APROBACION BASE CONTRATACION ESPECIFICAIONES FICHA TECNICAY PLIEGO DE CONDICION CONTENES 2026.pdf