El Aviso de Enmienda No. 2, fechado el 20 de abril de 2026, modifica el listado de bienes y algunas condiciones del proceso DASAC-MAE-PEEN-2026-0001. Reduce las cantidades de los renglones 39 y 40 y su subtotal conjunto de RD$38,720,000 a RD$37,798,000; cambia el empaque del café de 24/1 a 20/1 sin cambiar el precio por fardo ni el total estimado de RD$85,000,000. También mueve las entregas del 11 y 18 de mayo al 20 y 27 de mayo e incorpora un anticipo del 30% para adjudicatarios certificados como MIPYME, sujeto a garantía de buen uso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La presentación pasa de 24/1 a 20/1, pero se mantienen 25,000 fardos, RD$3,400 por fardo y RD$85,000,000. Si la notación indica unidades por fardo, el volumen de paquetes individuales bajaría de 600,000 a 500,000 mientras se conserva el total estimado; conviene verificar la base de precio y la cantidad efectivamente requerida.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El aviso condiciona la devolución de la garantía al cumplimiento de todas las obligaciones del contrato. El reglamento prevé que la garantía de buen uso del anticipo se reduzca conforme se entreguen bienes, servicios o cubicaciones y contempla su devolución al cubrirse el equivalente del anticipo; conviene verificar si la cláusula prolonga su retención más allá de ese nivel de amortización.
“La garantía de buen uso de anticipo será devuelta cuando el(la) contratista demuestre que cumplió con todas las obligaciones del contrato. El monto máximo que será devuelto debe ser igual al monto dado como anticipo.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 211 · Reglamento 52-26, art. 219 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 211 — Vigencia de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 211.- Vigencia de la garantía de buen uso de anticipo. La garantía de buen uso del anticipo se reduce a medida en que el proveedor entregue a la institución contratante los bienes, servicios o cubicaciones de obra, según corresponda, quedando· vigente hasta alcanzar el equivalente al monto total del anticipo entregado.
Reglamento 52-26, artículo 219 — Devolución de las garantías
Artículo 219.- Devolución de las garantías. Las garantías son devueltas a los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, según las particularidades siguientes: 1. En la garantía de mantenimiento de·la oferta a: a) aquellos cuya propuesta técnica fue descalificada, le es devuelta una vez emitido el acto administrativo de descalificación; b) a aquellos que no fueron adjudicados, le es devuelta una vez emitido el acto de adjudicación; c) a los adjudicatarios del procedimiento, le es devuelta una vez presentada la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 2. La garantía de fiel cumplimiento es devuelta luego de la recepción conforme de los…
Sección III, numeral 7Anticipo y garantía de buen uso
Texto anterior no reproducido en el aviso.
Para adjudicatarios certificados MIPYME, prevé anticipo del 30% dentro de siete días hábiles de la firma, contra póliza de seguro que cubra el avance; la garantía se devuelve al cumplirse las obligaciones del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona